Un hombre ha sido detenido en Málaga cuando fue pillado conduciendo sin carné, sin seguro ni ITV e identificarse con el DNI de un primo para eludir una reclamación judicial. La Policía local arrestó al hombre acusado de un delito contra la seguridad vial y otro de falsedad en documento público.
Los agentes de la Policía Local de Málaga detectaron a un conductor realizando una maniobra evasiva ante la presencia de los agentes. El sospechoso se dirigió hacia un aparcamiento privado y permaneció en la puerta del mismo sin que las barreras se levantaran. Los policías realizaron una consulta informática de la placa y comprobaron que e vehículol carecía de seguro obligatorio y que la ITV estaba caducada.
Para notificar al conductor tales infracciones, procedieron a identificarlo. Entonces, el detenido, aseguró que se encontraba indocumentado, pero facilitó a los agentes una fotografía del DNI a través de su teléfono móvil con la que pudieron comprobar mediante las bases de datos policiales que el sujeto tenía una pérdida de vigencia, por lo que lo trasladaron al Grupo de Investigación de Accidentes y Atestados de la Policía Local de Málaga (GIAA).
Aquí comenzó a mostrar incongruencias, por lo que los agentes dudaron de que la identidad facilitada fuese la suya y decidieron trasladarlo a las dependencias de la Policía Nacional para realizar diligencia de identificación por medio de la huella dactilar. "Justo antes de realizar este trámite, el identificado confesó a los policías que había facilitado la filiación de su primo porque le constaba un ingreso en prisión por conducir sin permiso o licencia" según ha confirmado la propia policía local de Málaga.
Conducir sin permiso en vigor
Conducir un coche de cualquier tipo o moto sin licencia, es decir, sin carnet es un delito. Se castiga con penas de cárcel de 3 a 6 meses, o con multa de 12 a 24 meses o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Así lo establece el artículo 384 del Código Penal español. Las otras penas pueden consistir en realizar trabajos comunitarios por un tiempo entre 31 y 90 días o en una multa de 12 a 24 meses. El tope de esta multa es de 288.000 euros, lo que equivale a que el máximo será de 400 euros diarios durante 24 meses.