España

Tres años y medio de prisión para un yihadista por autoadoctrinarse

Es la segunda sentencia por un delito de adoctrinamiento dictada en nuestro país. En el móvil que le fue incautado al ahora condenado éste guardaba 70 fotografías de propaganda e imágenes del Estado Islámico, doce de personas ejecutadas y cinco de líderes de organizaciones terroristas como Osama Bin Laden.

La Audiencia Nacional ha condenado a tres años y medio de cárcel por un delito de autoadoctrinamiento de carácter terrorista a un argelino detenido en Bilbao en julio de 2015 al que le fue incautado un teléfono móvil en el que guardaba 70 fotografías de propaganda  e imágenes del Estado Islámico, 12 de personas ejecutadas y 5 de líderes de organizaciones terroristas como Osama Bin Laden.

En una sentencia, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala Penal imponen a Ahmed Bouguerba la pena solicitada por la Fiscalía, dado el volumen del material que le fue ocupado en su smartphone con la finalidad de adoctrinamiento religioso radical islamista, amen de su labor proselitista, “caldo de cultivo ideal del que las organizaciones extremistas radicales – la mayoría terroristas- se estarían nutriendo para engrosar sus filas en su llamada a practicar la yihad". La Sala compuestas por los magistrados Ángel Hurtado, Julio de Diego y Ana Rubio, subrayan "la gravedad, por tanto, de la conducta del acusado como se ha podido constatar en los últimos atentados perpetrados en Europa”.

En sus hechos probados de la resolución se explica cómo el acusado, a través de un perfil en Facebook con su nombre y apellidos y de manera pública, publicó un comentario en enero de 2014 en el que decía "todo lo que digáis o analicéis sobre el Estado Islámico es mentira porque todos los suníes nos quieren y nos apoyan, y vamos a abrir un frente contra Israel también, y si Dios quiere van a venir ejércitos muyahidín -fieles luchadores que esperan la guerra contra Israel y vamos a derrotar a los Estados Unidos e Israel y sus chivatos, si Dios quiere". Además, publicó un “me gusta” en una página llamada “Organización Estado Islámico”.

A raíz de su detención, le fue incautado un móvil en cuyo interior había 70 fotografías con propaganda e imágenes de DAESH, 12 instantáneas de personas ejecutadas en las que se mostraban tanto los verdugos como las cabezas cortadas, otras 17 de cadáveres, 57 más de miembros armados de distintos grupos terroristas, así como otras 5 fotos de líderes de estas organizaciones, como Osama Bin Laden, Mullah Omar, Ayman Al-Zawahiri, Abu Bakú Al-Baghdadi y Abubakar Shekau.

"La recompensa de los infieles"

Además, había un archivo con distintos escritos en árabe en los que a lo largo de 36 páginas se hacía referencia a "las preciosas sabidurías del degollamiento de los coptos de la Iglesia", a “la sangre lícita de los infieles” e interpretaciones radicales de versículos coránicos como “matadles doquiera que los halléis y expulsadles de donde ellos os hayan expulsado. No les libréis combate junto al oratorio sagrado a no ser que ellos os ataquen. Si lo hacen matadlos. Tal es la recompensa de los infieles”.

La sentencia recoge los informes policiales según los cuales el acusado se habría radicalizado a raíz de su contacto con Ibrahim Mohamed Hijjo, un salafista de origen palestino que ejerció de imán en la mezquita Tawhid de Baracaldo en 2013. Igualmente se describe cómo Bouguerba había superado ya las cuatro fases del autoadoctrinamiento: la del victimismo (el musulmán es una víctima), la de culpabilización (identificación de grupos responsables), la solución (¿soy buen musulmán? ¿qué debo hacer?)  y la del activismo (justificación de la violencia).

“Queda acreditado el adoctrinamiento pasivo o autoadoctrinamiento del acusado Ahmed Bouguerba, recibido a través de autoridades islamistas religiosas de ideología radical, así como el uso de las redes sociales canalizadoras de tales ideologías, con la finalidad de perseguir los fines del Estado Islámico, sin olvidar su actividad proselitista difundiendo consignas y mensajes por Internet a favor de dicha organización terrorista”, concluye el tribunal.     

De esta forma, la Audiencia condena al yihadista a tres años y medio de prisión y cuatro años de libertad vigilada por un delito de adoctrinamiento pasivo de carácter terrorista tipificado en el artículo 757.2 del Código Penal.

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