La Audiencia Nacional ha decidido este jueves archivar la pieza separada que investigaba la venta de participaciones preferentes y deuda subordinada de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), al haberse retirado las acusaciones particulares al inicio del juicio el pasado día 4 de julio.
Ese día, la Audiencia Nacional suspendió "sine die" el juicio después de que las acusaciones particulares se hubieran retirado y solicitado el sobreseimiento, y sólo permanecía como acusación popular Adicae; tampoco la Fiscalía ejercía acusación.
Por el contrario, el Ministerio Fiscal solicitó, al igual que el resto de acusaciones con excepción de Adicae, que se aplicara la denominada "doctrina Botín" y se sobreseyera la causa.
La llamada "doctrina Botín" fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2007 para cerrar el caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín.
Posteriormente, fue corregida por el propio Supremo con la denominada "doctrina Atutxa", que establecía que las acusaciones populares no podían pedir la apertura de juicio oral cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa, con el objetivo de salvaguardar los derechos del acusado.
Los acusados
Este jueves, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal señala que no hay margen de actuación a la pretendida acusación en solitario de Adicae, pues los intereses públicos y particulares reunidos en el procedimiento "han manifestado su tajante voluntad de retirada".
Los acusados eran los ex directores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós, por presunta estafa en la venta de preferentes; ambos fueron condenados en octubre de 2017, junto a otros dos antiguos miembros de la cúpula de la entidad, a tres años de cárcel por "distorsionar" los estados contables entre 2010 y su intervención en 2011, "vulnerando" la imagen de la CAM en momentos de grave crisis.
El auto, firmado por el magistrado Juan Francisco Martel como ponente, destaca que los delitos que provisionalmente se han venido atribuyendo a los acusados no protegen bienes jurídicos difusos, colectivos, ni metaindividuales, cuya defensa no hubiera sido susceptible de ser monopolizada por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares.
La irrelevancia criminal de los hechos descarta cualquier pretensión penal, añade el auto, que recuerda que la mayoría de afectados por las preferentes han recuperado su inversión y "no se constata la existencia de más supuestos perjudicados".
Para respaldar su presencia como acusación popular, Adicae alegaba que no se ha condenado el "fraude inmenso y nunca visto en España ni en Europa" ocasionado a las cajas de ahorros, ni el daño provocado "a la sociedad y a la economía españolas".
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