España

La Audiencia condena a 19 años de cárcel a Villarejo frente a los 80 que afrontaba y le libra del cohecho

El tribunal le condena por revelación de secretos y falsedad, absuelve a 16 personas (entre ellas su mujer y su hijo) y valida las famosas grabaciones del comisario como "un medio eficaz probatorio"

Primera condena a José Manuel Villarejo en la Audiencia Nacional por sus espionajes. El tribunal que juzgó tres de sus encargos le condena a 19 años de cárcel (frente a los más de 80 que pedía la Fiscalía Anticorrupción) por delitos de revelación de secretos y falsedad, pero le absuelve del cohecho, uno de los delitos troncales de este procedimiento al tratarse de un funcionario policial en activo que operó con negocios privados.

El fallo da respuesta al primer juicio por tres de sus encargos (proyectos Iron, Land y Pintor) aunque aborda asuntos determinantes que marcan el devenir de otras piezas en instrucción como son las que afectan a Iberdrola, CaixaBank, Repsol o BBVA por lo relativo al cohecho. Sobre este asunto, el tribunal integrado por la ponente Ángela Murillo y los magistrados Carmen Paloma González y Fermín Echarri concluye que se le debe absolver de este delito al desligar sus actividades privadas de su condición como funcionario público.

Según exponen, las contrataciones se produjeron mientras Villarejo era comisario en activo. Sin embargo, entienden que no realizó las contrataciones "en el ejercicio de su cargo" ni tampoco guardaban relación con sus actividades públicas. Para la Sala "la actividad desarrollada por Villarejo en ningún caso tenía como finalidad menoscabar la legitimidad y los criterios de actuación de la Administración, sino obtener unos mayores beneficios particulares".

Sin cohecho aunque sabían que era policía

Tampoco, continúa el fallo, consta pago alguno por parte de los clientes funcionarios público por la obtención de datos. Además, concluye que tampoco queda probado el cohecho incluso aunque algunos de sus clientes supieran que era comisario en activo (como ocurre con el despacho de abogados Herrero y Asociados o parte de la familia Cereceda).

"Consideramos que no estamos ante este delito ni en la pieza 2 ni tampoco en la 3 por mucho que en esta última los acusados supieran desde el principio de la contratación que Villarejo Pérez era funcionario del Cuerpo Nacional de Policía con el grado de comisario", expone la sentencia. De esta forma los magistrados tumban la pretensión troncal de Anticorrupción acerca de que se le contrató precisamente por su influencia como funcionario público.

Frente a esta tesis, la Audiencia Nacional dicta el camino a seguir en otras piezas al apuntar que se le contrató en su condición de propietario real de "un gran entramado empresarial multidisciplinar llamado Cenyt" que alardeaban de tener buenas relaciones con la Administración y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Un tribunal dividido

No obstante, la absolución del cohecho ha dividido al tribunal ya que la magistrada Carmen Paloma González, se ha desligado del criterio general. En un voto particular sostiene que Villarejo es autor de dos delitos de cohecho pasivo por contratar su empresa Cenyt con los clientes de Iron y Land. Argumenta que para llevar a cabo los espionajes encargados la colaboración de policías en activo fue "absolutamente imprescindible".

Villarejo aceptó los encargos para hacer creer que podría cumplir con los cometidos a cambio de un precio pactado, aunque era consciente de que, con frecuencia, sería imposible llevarlo a cabo. Era un engaño en grado superlativoLa sentencia sobre los trabajos que vendía Villarejo a sus clientes

Por contra consideran probada la revelación de secretos y también la falsedad e incluso el tribunal aventura que se podría haber abierto la veda a una acusación por fraude en relación a estos encargos ya que Villarejo prometía en muchas ocasiones a sus clientes investigaciones patrimoniales y de otra índole consciente de que no podía conseguirlo.

"Era consciente de que, con frecuencia, sería imposible llevarlos a cabo (...). Lograba que sus clientes pensaran que su intervención resultaba de crucial importancia para conseguir sus objetivos y justificaba el elevado precio pactado. El engaño en grado superlativo perpetrado frente a sus incautos clientes y el desplazamiento patrimonial a consecuencia a de semejante falacia situaría la actuación de Villarejo dentro de la órbita de delitos de carácter defraudatorio de los que no ha sido acusado", dicta el fallo.

Valida los audios y los arrestos

Con todo, el tribunal propina un revés a Villarejo y otras defensas que pretendían anular la validez de las miles de horas de grabaciones que la Policía incautó tras su detención en noviembre de 2017. Mientras el comisario sostiene que han sido manipuladas y que no se respetó la cadena de custodia, el tribunal las considera plenamente válidas.

"Las conversaciones aparecen como un eficaz medio probatorio a tener presente en conjunción con otros. Además, las mismas han sido reconocidas por sus interlocutores y partícipes, confirmando las reuniones celebradas. No aportando la defensa, por el contrario, dato objetivo alguno de su posible manipulación, más allá de las meras manifestaciones parciales y subjetivas", concluye el fallo.

El tribunal también valida la detenciones practicadas tras el estallido de la causa y respalda la actuación de la Fiscalía. "Carece de fundamento decir que la acusación pública ha vulnerado derechos fundamentales. Todo lo contrario, con su intervención está acotando el ejercicio de las funciones de la policía judicial", arguye el tribunal.

16 personas absueltas

En paralelo a la instrucción de la macrocausa -y que va camino del medio centenar de piezas, como informó este medio- la Audiencia Nacional juzgó tres de los encargos menores efectuados a Villarejo. La vista oral se celebró entre octubre de 2021 y septiembre del año pasado. En el banquillo se sentaban el comisario jubilado y otras 25 personas entre clientes, policías y personas de su entorno más cercano como su mujer Gemma Alcalá o su hijo José Manuel Villarejo Gil (ambos absueltos).

La pena más alta es para el comisario jubilado y, tras él, le sigue su socio en Cenyt, Rafael Redondo, condenado a 13 años de cárcel por los mismos delitos que Villarejo. Otras nueve personas son condenadas a penas que van entre los tres meses y dos años de cárcel (considerando que en dos de las piezas se llegó a juicio con conformidad) mientras que 16 han resultado absueltas. Entre ellas los familiares directos de Villarejo, el exinspector jefe Constancio Riaño y el inspector jubilado Antonio Bonilla, alias 'Boni'.

Iron, Land y Pintor

En lo que respecta a Iron (pieza 2) se juzgó la contratación de Villarejo por parte del bufete Herrero y Asociados para espiar a abogados exintegrantes de esta firma que se habían ido a la competencia. Por esta pieza Villarejo ha sido condenado a siete años de prisión (4 por revelación de secretos y 3 por falsedad continuada en documento mercantil).

Este último delito trae causa de cinco facturas falsas con las que justificaron "retribuciones exageradas alejadas de los precios reales". El tribunal también condena a cuatro directivos del despacho contratante a penas que oscilan entre seis meses y dos años de cárcel.

En relación a Land -conocida como la pieza rosa del caso Villarejo- el comisario es condenado por 12 años de prisión. En este caso prevalecen tres delitos de revelación de secretos por obtener datos de posicionamiento y tráfico de llamadas en 2013 de Silvia Gómez-Cuétara (viuda del dueño de la Finca Luis García-Cereceda). El espionaje en este caso lo encargó una de las hijas del famoso magnate, Susana García-Cereceda) para invalidar a su hermana y terceros en plena pugna por la herencia.

La contratante y sus empleados Francisco Lorenzo Peñalver y David Fernández se sentaron en el banquillo con conformidades de manera que han sido condenados a penas de entre nueve meses de cárcel y 10 meses y medio por revelación de secretos. Se le aplica la circunstancia de atenuante de confesión tardía y colaboración.

En lo que respecta a Iron el asunto giró en torno a la contratación de Juan Muñoz Támara (marido de la periodista Ana Rosa) y su hermano Javier para extorsionar presuntamente a un antiguo colaborador suyo Mateo Martín Navarro (alias 'Pintor') y su letrado el exjuez Francisco Javier de Ungría.

En este caso el tribunal dice que la "carencia de prueba es absoluta" y que no se ha podido acreditar en el juicio la existencia de esta presunta extorsión. Los únicos condenados son los hermanos contratantes a la pena de 3 meses de cárcel por descubrimiento de secretos. Una de las víctimas Urquía concedió expreso perdón mientras que el Pintor renunció a acciones civiles y penales contra ellos.

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