La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha accedido a extraditar al empresario Carlos José Mattos Barrero a Colombia, país donde se le reclama por pagar supuestamente 200 millones de pesos (unos 48.000 euros) a una juez de Bogotá con el fin de gratificarla por haber adoptado unas medidas cautelares favorables a los intereses de la compañía de la que era máximo accionista, Hyundai Colombia Automotriz, y asegurarse de que no cambiaría de postura.
En un auto, los magistrados consideran que se cumplen todos los requisitos para proceder a la entrega del reclamado por unos hechos que tanto en la legislación colombiana como en la española están tipificados como un delito de cohecho.
De acuerdo con el relato aportado por las autoridades del país sudamericano, los hechos se remontan al 1 de diciembre de 2015, cuando se presentó solicitud de prueba anticipada en un despacho judicial (consistente en inspección judicial con exhibición de documentos y peritos) donde figuraba como demandante la compañía Hyundai Colombia Automotriz de Mattos y como demandada, la empresa Global Car World SAS.
En desarrollo de dicha inspección judicial, que se llevó a acabó el 29 de abril de 2016, la juez 16 civil municipal de Bogotá, Ligia del Carmen Hernández Pérez, decretó dos medidas cautelares favorables a los intereses de Hyundai, señala el escrito.
A finales a ese mes o principios de junio, continúa explicando el escrito, un empleado judicial del mencionado despacho judicial, Dagoberto Rodríguez Niño, (con quien se había concertado Carlos Mattos), visitó en su despacho a la juez y le comentó que el empresario le enviaba dinero (50 millones de pesos), cantidad de la que unos días después le hizo entrega en una caja de zapatos sellada en un centro comercial.
"Dinero que recibió la señora Ligia del Carmen Hernández Pérez y continuó adelantando el trámite de la referida actuación judicial", apostilla la reclamación de extradición de las autoridades colombianas. Poco después, Rodriguez Niño habría hecho entrega a la juez de otros 50 millones en una clínica de la ciudad, a los que seguirían otros tres pagos más por la misma cantidad. De cada entrega, según lo declarado por este empleado judicial, la magistrada le daba 10 millones de pesos como recompensa.
"De los elementos materiales probatorios y evidencia física, se tiene que el señor Carlos Mattos entregó, valiéndose de la participación del señor Dagoberto Rodríguez Niño, la cifra de 200 millones de pesos a la señora Ligia del Carmen Hernández Pérez, no solamente con el objeto de gratificarla por haber adoptado unas medidas cautelares favorables a los intereses económicos de Hyundai Colombia Automotriz SA, tal como quiso hacerlo ver, sino también para asegurar ilegalmente que, mientras ella tuviese la dirección de la actuación, no variaría su postura sobre las mismas", señalan las autoridades reclamantes.
En el auto de la Sección Tercera, recurrible ante el Pleno de la Sala de lo Penal, la Audiencia Nacional desestima todos los argumentos de la defensa de Mattos para oponerse a la extradición, entre ellos que el reclamado no puede ser entregado por tener la nacionalidad española, así como por padecer diferentes problemas de salud.
Respecto a esto último, los magistrados explican que ha quedado acreditado que el empresario sufre distintos padecimientos, pero que dichas circunstancias no pueden alzarse como causas que impidan su extradición.
En relación con la nacionalidad, explican en su auto que dicho argumento ya fue denegado en mayo del pasado año por la Sala de lo Penal en otra solicitud de extradición, que se encuentra suspendida por el Tribunal Constitucional mientras examina su recurso.