El titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, Diego de Egea, ha acordado inhibirse a favor de los juzgados decanos provinciales de Cataluña en las diligencias contra dos miembros de los CDR después de rechazar investigarles por presunto delito de terrorismo y circunscribir los hechos al delito de desórdenes públicos.
En un auto recogido por Europa Press, el magistrado tiene en cuenta el criterio de la Fiscalía, que se mostró a favor de la inhibición, ya que no había quedado acreditado que Tamara C.G. y Adrià C.T. -este último huido actualmente en Bélgica- hubieran cometido un delito relacionado con organización terrorista.
El magistrado argumenta que en el procedimiento no han quedado acreditados --"con independencia de la calificación que como organización pueda corresponder a los CDR"-- otros hechos que una actuación constitutiva de un presunto delito de desórdenes, y que en este caso no correspondería investigarlo a la Audiencia Nacional.
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