España

Otro capote a la infanta: la Audiencia de Palma rechaza también hacer la prueba caligráfica

La petición rechazada, fue realizada por el sindicato Manos Limpias, que ejerce de acusación en el caso Nóos, para llevar a cabo una prueba caligráfica con el fin de comprobar que las firmas de las actas de la mercantil Aizoon son de los duques de Palma.

La sección segunda de la Audiencia de Palma ha rechazado la petición de la acusación popular en el caso Nóos, ejercida por el sindicato Manos Limpias, de que se haga una prueba caligráfica para comprobar si son de la infanta Cristina e Iñaki Urdangarin las firmas de las actas de la mercantil Aizoon.

El recurso de apelación interpuesto por el sindicato ha sido desestimado por el tribunal después de que el juez de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, rechazara dos veces pedir esa prueba caligráfica para verificar su autenticidad porque consideró que practicarla de todas las firmas que se atribuyen a los duques de Palma que figuran en documentos de esta causa haría "caprichosamente inacabable" la instrucción de este caso.

José Castro rechazó la prueba caligráfica porque los duques no pusieron en duda la autenticidad de sus firmas

El juez rechazó además la prueba caligráfica porque ni Urdangarin ni la infanta han puesto en duda la autenticidad de sus firmas ni se han sentido afectados por "hipotéticas falsedades" de las mismas.

Manos Limpias insistió en reclamar esa prueba ante la Audiencia y alegó que la consideraba "útil y necesaria para la investigación" para "obtener la verdad material sobre la realidad de unas firmas" que figuran en las actas levantadas ante notario de la empresa que poseen los duques de Palma al 50 por ciento. El fiscal del caso Nóos se opuso al recurso por entender que resultaba indiscutida la autenticidad de las firmas.

La sala segunda de la Audiencia desestima el recurso de Manos Limpias porque considera que el derecho a utilizar los medios de prueba para la defensa no conlleva "una admisión indiscriminada" de todas las que se propongan por las partes.

Según el tribunal, la Constitución garantiza las pruebas "pertinentes" para la defensa y por tanto "decisivas" para ella.

La sala no aprecia utilidad en la prueba "pues la firma a la que se alude no es cuestionada por su titular" y además Manos Limpias podría interrogar ante supuestas contradicciones al respecto durante el juicio oral.

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