La Junta de Fiscales de Sala concluyó este lunes que la competencia para investigar el caso Ayuso es de la Fiscalía Anticorrupción. Los fiscales que tomaron la palabra en este cónclave convocado por Dolores Delgado ante el conflicto de competencias surgido entre la Fiscalía Europea y la nacional, reivindicaron también la importancia de la decisión tomada este lunes ya que sentará un precedente de cara al futuro en lo que a los límites de actuación de Europa se refiere.
Fuentes presentes en este encuentro explican a Vozpópuli que el respaldo a Luzón en este asunto fue unánime. Tanto la fiscal general del Estado como los intervinientes abordaron el asunto relativo a la necesidad de que sea la Fiscalía nacional la que lleve el mando de pesquisas que son de carácter doméstico, como ocurre en este caso, donde se investiga un posible delito de tráfico de influencias con el contrato del Gobierno de Madrid sobre el suministro de mascarillas a una empresa cercana al hermano de Isabel Díaz Ayuso.
Algunos mostraron la necesidad de trazar las líneas rojas en relación a los límites de actuación de Europa en este punto del estudio, teniendo en cuenta que la investigación sobre el caso Ayuso va a sentar un precedente. Este órgano, que en España representa la fiscal Concepción Sabadell (conocida por litigar en el caso Gürtel), comenzó a operar en junio del año pasado, de manera que, hasta el momento, no se había producido un conflicto de intereses de este calibre.
Del mismo modo el cónclave sirvió para que seis fiscales de Sala presentaran un escrito para pedir la abstención de la fiscal general del Estado en estos hechos teniendo en cuenta que uno de los denunciantes es el PSOE, partido al que se le vincula por haber sido ministra de Justicia bajo el Gobierno de Pedro Sánchez. Las fuentes consultadas precisan al respecto que los fiscales no llegaron a plantear su abstención ya que el encuentro de este lunes se ciñó a delimitar el marco competencial de la investigación.
El caso Ayuso, precedente
Así pues, pusieron de manifiesto que este asunto es importante porque marca el camino a seguir cuando se produzcan choques como el ocurrido en esta investigación. De esta forma el objetivo es delimitar cuándo la Fiscalía Europea puede aglutinar el conjunto de la causa y cuándo, como ocurre en este caso, parte de la misma se tiene que quedar en el país de origen. Al respecto se ha aludido a la normativa, que estipula que la Fiscalía Europea ostenta la competencia únicamente cuando los delitos estén "indisolublemente asociados".
En la presente causa la Fiscalía Europea reivindicó todo el caso Ayuso después de constatar que se podría haber cometido malversación de fondos comunitarios con la firma de este contrato para el suministro de mascarillas. En los diversos oficios que se ha cruzado con el órgano que dirige Alejandro Luzón desde el 1 de marzo, el ente razonaba que había confirmado a través del Servicio Nacional de Cooperación Antifraude que el contrato se había costeado con Fondos Feder y que el posible delito de malversación iría asociado a los que investiga Anticorrupción desde el pasado 22 de febrero.
El órgano fue más allá y no solo abocó el caso al considerar que era de su competencia, sino que se dirigió a la Audiencia Nacional para que designase un juez de garantías. Se trata de un movimiento que, tal y como recuerda la fiscal general en su Decreto de este lunes, no cambia las reglas del juego ya que ello no significa que la naturaleza sea jurisdiccional. Por ello la discrepancia sigue siendo entre las dos fiscalías, lo que implica que la última palabra sobre el conflicto de competencias la tiene la máxima representante del Ministerio Fiscal.
No se aprecia cohecho
Con todo, la tesis de Europa no solo ha sido rebatida por Delgado y por Luzón, sino que también genera rechazo entre otros miembros de la cúpula de la carrera fiscal. En el encuentro de este lunes precisaron que la Fiscalía Europea puede iniciar investigaciones cuando afecten a los intereses financieros de la Unión (artículo 4 de la Ley Orgánica 9/2021) pero ello no implica que tenga vía libre para asumir todas las diligencias. Se tendría que demostrar que los otros delitos que se investigan en la Fiscalía nacional están indisolublemente asociados a los que afectan a los intereses de la unión.
En este caso todos respaldaron el argumento de Luzón en relación a que no aprecia el delito de malversación (dado que el dinero se destinó a la compra de un lote de 250.000 euros de mascarillas) y también acerca de que una cosa es ese tipo penal y otra muy distinta que se produjera algún tipo de trato de favor con el hermano de Isabel Díaz Ayuso. A su juicio, son dos cuestiones que nada tienen que ver y que hacen necesario que las pesquisas se queden bajo su dominio.
Al respecto, el Decreto de este mismo lunes que firma Delgado matiza que también se ha dejado patente que no ven delito de cohecho. "En las diligencias de investigación no aparecen elementos indiciarios de su comisión; ni se indica posible funcionario perceptor de una supuesta dádiva; ni se reflejan hechos compatibles con esa conducta", explica. La fiscal general alude a este tipo penal ya que es uno de los tres que sí son competencia del ámbito europeo junto con la malversación o el delito contra la Hacienda de la Unión Europea.
La baza del TJUE
El propio Luzón abordó este aspecto en declaraciones a la prensa al término de la Junta de Fiscales de Sala. Según explicó, las diligencias se encuentran todavía en una fase muy incipiente. Siguen trabajando para esclarecer los indicios de delito denunciados por los grupos parlamentarios del arco de izquierdas de Madrid. Ahora bien, más de un mes después de arrancar las pesquisas, el Decreto deja claro que no se aprecia malversación ni cohecho. Así pues la causa discurre en relación a un posible tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a los funcionarios, falsedad documental y prevaricación.
Y es ahí donde Delgado reivindica la competencia nacional. "A diferencia de la investigación en la Fiscalía Europea, la asumida en las diligencias 3/2022 se refiere a delitos de corrupción. Se pretende aclarar si un funcionario contrató con una empresa determinada inducido por su superior; si un particular obtuvo de una empresa una remuneración indebida a cambio de ejercer influencias sobre un funcionario público; o si un particular pudo emitir a una empresa una factura con datos inveraces respecto de la causa. Estos hechos no serían constitutivos de malversación ni de fraude a la Hacienda Europea ni de cohecho, sino de tráfico de influencias o falsedad en documento mercantil", dice.
Con todo, la Junta de Fiscales de Sala también se pronunció acerca de la petición de la Fiscalía Europea a Delgado en relación a la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La fiscal general, que fue la primera en tomar la palabra, aludió a este asunto y rechazó la posibilidad de optar por esta vía que recoge el Reglamento en su artículo 42. Un aspecto al que también se refirió Luzón, así como los fiscales que intervinieron en el encuentro. Según sostienen no se puede plantear una competencia sobre el inicio de estas diligencias del caso Ayuso siendo que no están todavía ni judicializadas.
De hecho, ese es otro punto al que se refirió el fiscal jefe Anticorrupción. "La investigación de la Fiscalía Europea es penal. Sin embargo, la investigación de la Fiscalía Anticorrupción es preprocesal. Ya dijimos que en el momento indiciario no veíamos delito pero hay que investigar si se confirman los indicios de delito o no", dijo al término del encuentro. El Decreto de la fiscal general apunta a la potestad que tiene la Fiscalía Europea para impulsar estas diligencias, pero recuerda que la decisión de revisión competerá al juez de garantías si considera oportuna la apertura de un procedimiento en España.