La Audiencia Nacional ha absuelto a 21 acusados del clan Polverino de la Camorra italiana de blanquear en España dinero del narcotráfico y conformar para ello una asociación ilícita, al no quedar demostrada "una planificación" para ese lavado de dinero ni su procedencia del tráfico de drogas.
Solo uno ha sido condenado un año y un mes por tenencia ilícita de armas
Los 21 acusados, entre los que figura el presunto jefe del clan, Giuseppe Polverino, se enfrentaban a una petición de la Fiscalía Anticorrupción de 10 años y 4 meses de cárcel, y solo uno de ellos Vicenzo Panico ha resultado condenado a un año y un mes de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas.
Polverino, alias O Barone, está considerado uno de los principales capos de la Camorra napolitana y tras haber sido arrestado en 2012 en Jerez de la Frontera (Cádiz) fue extraditado a Italia, donde cumple penas que suman sesenta años de prisión por asociación mafiosa y tráfico de drogas.
En su sentencia, de 110 folios, la sección tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional explica que no hay ningún dato que indique que los fondos invertidos en la construcción de un complejo turístico de apartamentos en Adeje (Tenerife), denominado Marina Palace, proviniesen del blanqueo de operaciones de tráfico de hachís.
Muchos de ellos no se conocían entre sí
Para los magistrados -Alfonso Guevara, Juan Pablo González y Fermín Echarri- tampoco ha quedado acreditada "la relación asociativa entre los distintos acusados, y menos aún que aquella fuera dirigida a plan criminal concreto y predeterminado, ya que muchos de ellos ni se conocían entre sí" y "a otros les unían relaciones familiares, comerciales o de otro tipo".
Según el tribunal, también es descartable que el dinero a blanquear, como sostenían la Fiscalía y los informes policiales, procediera del tráfico de hachís al haber aportado los acusados "prueba de las distintas actividades mercantiles". Por todo ello, los magistrados consideran que no ha quedado probado que los acusados "formasen parte o estuviesen integrados en un clan de origen mafioso dedicado al blanqueo de capitales en las Islas Canarias mediante inversiones inmobiliarias".
No hay investigaciones económicas que acrediten unos aumentos patrimoniales desmesurados
Y es que, según la sentencia, no existe en la causa un informe técnico de análisis económico de los flujos dinerarios, a fin de acreditar que aquellos tenían un origen ilícito, así como tampoco constan investigaciones económicas de cada uno de los acusados que acrediten unos aumentos patrimoniales desmesurados en relación con sus actividades profesionales.
"En definitiva, no existe ni tan siquiera una previsión cuantificable del dinero supuestamente blanqueado y, menos aún, en qué se ha traducido de una manera individualizada la citada actividad, máxime cuando muchos de los inmuebles adquiridos por los acusados han sido adjudicados a las entidades bancarias titulares de los préstamos hipotecarios, consecuencia de no haber podido afrontar aquellos las respectivas cuotas así pactadas".
Tampoco hay constancia de que operaran a través de un "entramado societario" dirigido "a la ocultación de bienes, sino que lo que hay son "sociedades creadas con alguna anterioridad a los hechos, que nada tiene que ver con los mismos". Además, no hay pruebas de actos de "conversión" y "transmisión" de bienes a través de esas sociedades, ni operaciones mercantiles entre ellas, salvo algunas compraventas ya justificadas, sin que conste la utilización de personas interpuestas para ocultar la identidad de los verdaderos partícipes, sino todo lo contrario, ya que al frente de las mismas aparecen los propios acusados o sus familiares.
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