España

El Supremo admite a trámite la demanda que cuatro vocales del CGPJ presentaron contra Lesmes

Las vocales recurrieron la decisión del presidente del Poder Judicial de no someter a votación del Pleno su propuesta sobre la renovación de la Comisión Permanente.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda que cuatro vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) interpusieron contra el acuerdo que el presidente de este órgano, Carlos Lesmes, propuso en el Pleno que tuvo lugar el pasado 29 de enero donde se debían renovar la composición de sus comisiones.

Las recurrentes son las vocales del denominado sector progresista del Consejo, Roser Bach, Clara Martínez de Careaga, María Victoria Cinto y Concepción Sáez.

En concreto, en dicha sesión plenaria el motivo de la discordia fue la renovación de la Comisión Permanente que a diferencia del resto de comisiones –Comisión de Igualdad, Comisión Presupuestaria o Comisión Disciplinaria- es el único órgano del CGPJ donde los vocales tienen dedicación exclusiva tras la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En el recurso, dichas vocales argumentaron que el acuerdo número cuatro del Pleno sobre la renovación de la Comisión Permanente se realizó "soslayando las propuestas de seis vocales" ya que su propuesta no pudo ser debatida ni sometida en la votación del Pleno y "en su lugar, se aprobó la formulada verbalmente por el presidente". El acuerdo recurrido comprendía la iniciativa de Carlos Lesmes denominada "propuesta de composición de las Comisiones del CGPJ para el año 2015". 

La decisión de Lesmes de no abordar durante el Pleno la petición por escrito que registraron seis vocales sentó como un tiro en un sector del órgano de gobierno de los jueces; tanto que, en un hecho sin precedentes, decidieron recurrir el asunto ante el Tribunal Supremo.

La Abogacía del Estado, en contra de la admisión

Las recurrentes denunciaron ante la Sala Tercera del Alto Tribunal que pese a que seis miembros del CGPJ "propusimos en tiempo y forma como punto del orden del día del Pleno la votación individualizada de la conformación de cada una de las Comisiones, y de que tres vocales habían ya formalizado su candidatura para integrar la Comisión Permanente, el Presidente sometió únicamente su propuesta personal, desconocida por el Pleno al no haber sido formulada previamente por escrito, incumpliendo así de forma clara lo previsto en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo".

En el auto, hecho público este martes aunque fechado el pasado 16 de julio –cuando todavía era presidente de la Sala el magistrado José Manuel Sieira-, el Alto Tribunal acuerda seguir tramitando dicho recurso al estimar  que las citadas vocales están legitimadas para recurrir el acuerdo del presidente ante la Sala Contencioso Administrativo, encargada de revisar en casación los acuerdos adoptados por el órgano de gobierno de los jueces.

No obstante, la Abogacía del Estado en sus alegaciones había argumentado la falta de legitimación de las mismas al entender que los miembros de un órgano colegiado como el Consejo no tienen posibilidad de impugnar acuerdos como éste.

Sin embargo, la Sala –compuesta por seis magistrados- una vez analizada la cuestión, concluye continuar con la tramitación para resolver en sentencia la demanda interpuesta.

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