España

"Ha ganado la lotería... ahora pague": así operaba una red de cartas nigerianas

La Audiencia de Madrid ha condenado a los dos cabecillas de la trama por un delito continuado de estafa, en su modalidad agravada

Bandeja de entrada. Recibidos. Un correo anuncia la buena nueva: ha sido agraciado con un premio de la lotería nacional. Para cobrar la suma correspondiente, hay que realizar una serie de desembolsos de antemano. En principio parece sospechoso, pero llega una carta del Ministerio de Hacienda en la que se explica que se trata de un trámite relacionado con la declaración de impuestos. Con este modus operandi operaba una red de 'cartas nigerianas' que llegó a estafar hasta 90.000 euros, cuyos cabecillas han sido condenados con hasta dos años de prisión, según una sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli

La banda empezó a operar en 2009 con este método popularizado en Nigeria. De hecho, este tipo de estafa también se conoce como el 'timo 419', en referencia al número del artículo del Código Penal de dicho país en el que se contempla este delito. La modalidad siempre es la misma: una inesperada comunicación mediante cartas y sobre todo a través de correos electrónicos en las que el remitente promete negocios muy rentables.

Actuaban en conjunto y escogían a víctimas vulnerables, lo que a juicio del tribunal "merece un reproche que debe superar el mínimo absoluto legal". "Son más vulnerables porque residen en el extranjero, amén de sus particulares circunstancias, sin que conozcan lo suficiente cómo funciona en nuestro país este tipo de premios", añade la sentencia.

Transferencias internacionales

No fue hasta 2012 que la brigada provincial de policía judicial de Madrid "recibió información vinculada con las actuaciones organizadas de varias personas de origen africano que operaban del mismo modo". Abrían varias cuentas corrientes en poco tiempo, realizaban "movimientos extraños" en ellas y recibían transferencias internacionales desde distintos países; en algunos de estos ingresos figuraban como titulares las personas estafadas.

Grupo de cajeros en un aeropuerto

Poco después, los integrantes de la banda retiraban sumas de efectivo a través de cajeros automáticos. Lo que hacían luego con los ingresos no se recoge en la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Madrid: "Tampoco consta que el dinero recibido lo invirtieran en diversos bienes, como coches, ropa y otros efectos". 

Acusaciones desestimadas

La Fiscalía ha pedido penas de hasta 13 años de prisión por delito de grupo criminal, delito continuado de estafa, delito continuado de falsificación de documento y delito continuado de blanqueo de capitales. Sin embargo, no ha podido probarse que los acusados colaborasen en la confección de los documentos falsificados que se enviaba a las víctimas para convencerlas de abonar los adelantos, ni que intervinieran en actos decisivos para su elaboración.

La Audiencia Provincial.

Por ello, el tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cinco de los seis procesados por un delito continuado de estafa. A uno de ellos se le ha impuesto una pena de dos años de prisión; a los otros cuatro les corresponden un año y siete meses de prisión. Todos han sido absueltos del resto de delitos. 

Además de la pena de cárcel, tendrán que indemnizar conjuntamente a una de las víctimas con 60.244,59 euros por los perjuicios causados. El cabecilla tendrá que abonar adicionalmente unos 37.430 euros a otro perjudicado.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP