España

La juez abre una pieza separada contra Viera y le cita a declarar por primera vez el 10 de febrero

La sustituta del juez Alaya quiere investigar el presunto desvío de fondos públicos en un ERE de la empresa Egmasa que le costó a la Junta de Andalucía 21,6 millones. También están citados a declarar el exconsejero de Empleo Antonio Fernández y el ex director general de la consejería Francisco Javier Guerrero.

La juez que instruye el caso de los ERE ha citado como investigado por primera vez al exconsejero de Empleo José Antonio Viera por el presunto desvío de fondos públicos en un expediente de regulación de empleo de 2003 de la empresa pública Egmasa que le costó a la Junta de Andalucía 21,6 millones de euros.

Tras cinco años de investigación del caso, la juez María Núñez Bolaños ha citado a Viera, que fue diputado, el próximo 10 de febrero a petición de la Fiscalía Anticorrupción, según recoge un auto notificado este jueves, al que ha tenido acceso Efe y en el que se abre una pieza separada por este ERE, que afectó a 373 trabajadores.

En un nuevo calendario de citaciones por el ERE de la Empresa de Gestión Medioambiental S.A. (EGMASA), ahora denominada Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, la juez incluye a quince investigados, nuevo término que sustituye al de imputado, y a dos testigos. Entre los investigados citados están el exconsejero de Empleo Antonio Fernández, que ya ha comparecido en cinco ocasiones por el caso de los ERE, y el ex director general de la consejería Francisco Javier Guerrero así como a dos de sus sucesores en el cargo, Juan Márquez y Daniel Rivera.

La juez entiende que en la concesión de los 21,6 millones a Egmasa se pudieron cometer los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos

Concesión de ayuda comprometida

La juez entiende que en la concesión de esta ayuda se pudieron cometer los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, y añade que en la concesión de esta subvención "se ha prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido", lo que puede ser "causa de nulidad de pleno derecho". Así se recoge en un informe de la Intervención General de la Administración del Estado que cita la juez, en el que se asegura que "no se han publicado por la Junta de Andalucía ni existen bases reguladoras para el otorgamiento de este tipo de subvención concedidas por la Consejería de Empleo".

La Junta tampoco hizo un análisis económico para ver si eran procedentes estas ayudas ni se han acreditado su carácter excepcional así como tampoco solicitud formal por parte de los beneficiarios ni resolución motivada de las ayudas, según la Intervención. La juez explica que EGMASA presentó el 30 de junio de 2003 solicitud de ERE para la extinción de 373 empleos "por causas productivas y organizativas, basadas en la necesidad de renovar la plantilla de personas de mayor edad dada su incapacidad física para el desempeño de su trabajo dentro del plan INFOCA".

Todos los trabajadores incluidos en este ERE habían trabajado en Ayuntamientos y Diputaciones en el marco del Plan de Empleo Rural, y tras cesar en sus puestos de trabajo pasaban a recibir prestaciones por desempleo o subsidios para mayores de 52 años, indica la juez. Cuando cesaban en sus puestos, agrega la instructora, se les recolocaba en Egmasa, en donde a la fecha del ERE llevaban trabajando una media de tiempo no superior a cuatro años.

La magistrada cita a un "intruso" que se incluyó en los ERE sin trabajar en la empresa

El "intruso", citado a declarar

En el auto, la juez cita a un "intruso" que se incluyó en el ERE sin trabajar en la empresa, Antonio Márquez García, un liberado sindical que cuando cesó en el cargo en el sindicato en el año 2004 no fue readmitido, por lo que después de dos años, los directivos de la compañía, junto con un líder, le buscaron una salida y simularon un despido improcedente.

Para ello, pactaron en el CEMAC una indemnización por despido de más de 120.000 euros que se articuló mediante la indebida inclusión del trabajador como asegurado en una póliza colectiva, "indemnización que superaba en mucho la correspondiente a un despido y que fue pagada no por la empresa sino por la Junta de Andalucía", según la juez.

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