España

Chaves y Griñán, al banquillo: el juez les procesa por los ERE fraudulentos

Ambos expresidentes socialistas habrían cometido un delito de prevaricación administrativa, que no incluye penas de prisión, según el juez.

El juez ha procesado este miércoles a los expresidentes de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán y a seis exconsejeros tras concluir la pieza "política" de los ERE relativa al procedimiento empleado por la Junta para pagar ayudas a empresas.

En un auto notificado este miércoles de un centenar de páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Álvaro Martín procesa a los expresidentes de la Junta y a los exconsejeros José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Magdalena Álvarez, Gaspar Zarrías y Antonio Fernández en el marco de la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso ERE, la denominada pieza 'política' de la causa.

El juez atribuye a todos ellos un delito continuado de prevaricación, mientras que también atribuye un delito continuado de malversación de caudales públicos a Griñán, Viera, Fernández, Martínez Aguayo y Vallejo. En esta pieza permanecían imputados 51 ex altos cargos y ex miembros del consejo rector de la agencia IDEA, pero el juez ha decidido archivar la causa contra una veintena de ellos, entre los que destacan los exconsejeros Manuel Recio, Martín Soler y Antonio Ávila o el presidente de Unicaja, Braulio Medel.

El juez ha decidido archivar la causa contra una veintena de ex altos cargos como el presidente de Unicaja, Braulio Medel

En un auto dictado el 17 de noviembre de 2015, la juez María Núñez Bolaños acordó formar la pieza separada del denominado procedimiento específico contra un total de 52 personas, aunque el ex director general del antiguo IFA Francisco Mencía falleció durante la instrucción de la pieza. De este modo, la magistrada incoó diligencias previas para continuar la instrucción de forma separada por "la posible existencia de un delito continuado de prevaricación", por hechos relativos a la participación "activa y consciente" de todos ellos en el diseño y puesta en marcha del denominado procedimiento específico "en todas sus variantes, con las importantes consecuencias que se derivan de los informes elaborados por la Intervención General de la Junta en el seno del Control financiero permanente del IFA/IDEA".

Delito "continuado" de prevaricación

Ahora, el juez Álvaro Martín, señala que el procedimiento, que se aplicó entre los años 2000 y 2011, tenía por objeto "eludir la aplicación de los procedimientos ordinarios y, en especial, los mecanismos de control previo de la Intervención General de la Junta de Andalucía". Con este procedimiento se repartieron de forma discrecional o arbitraria al menos 854,8 millones de euros, indica el juez tras señalar que el manejo del dinero se hizo pese a las indicaciones contrarias recibidas de la Intervención General de la Administración del Estado, de la Intervención andaluza, del despacho Garrigues y de la auditora Price-Waterhouse.

El instructor señala que hay elementos que indican que Chaves colocía la ilicitud del sistema

Respecto a Chaves, presidente entre 1990 y 2009, el instructor sostiene que "concurren elementos suficientes para sostener, siquiera indiciariamente, que conocía la ilicitud del sistema que estaba manteniendo y, por tanto, que no debe admitirse su aducida ignorancia".

El juez considera que los imputados, "mediante un concierto expreso o tácito, han dictado una pluralidad de resoluciones contrarias a derecho del modo más grosero, por su abierta oposición a los procedimientos ordinarios de concesión de ayudas y subvenciones y a los procedimientos de presupuestación". El juez indica que los imputados, "mediante un concierto expreso o tácito, han dictado una pluralidad de resoluciones contrarias a derecho del modo más grosero, por su abierta oposición a los procedimientos ordinarios de concesión de ayudas y subvenciones y a los procedimientos de presupuestación".

Añade el auto que todo ello se hizo "sin que se les pueda dar una explicación mínimamente razonable, si no es la de pretender eludir dichos procedimientos por un mal entendido espíritu de agilización del funcionamiento de la Administración, la cual, vistas las deficiencias buscadas o asumidas, resulta ser una explicación inaceptable". Esta conducta, añade el juez, empezó en el año 2000 "como modo de ejecución del plan originalmente establecido", y "se mantuvo con una vocación de perpetuidad hasta que fue puesta al descubierto en el año 2011".

Informe de la Intervención General

Para el delito de malversación, el juez marca "un hito cronológico en el año 2005", cuando la Intervención General de la Junta de Andalucía emitió un informe del ejercicio de 2003 en el que se indicaba se "se estaba prescindiendo de manera total y absoluta del procedimiento establecido" para conceder subvenciones. "No era posible desconocer los graves hechos que ponía de relieve el informe ni su conexión con el sistema de reparto de ayudas y subvenciones instaurado en 2000, de modo que quien decidió proseguir con la praxis instaurada lo hizo asumiendo todas sus consecuencias", señala el juez.

Esas consecuencias eran asumir que "fondos públicos eran puestos en manos de persona no autorizada para disponer de ellos, que esta persona los repartía con total discrecionalidad o arbitrariedad, sin justificar los motivos de la concesión, sin controlar el destino de los fondos concedidos, asumiendo obligaciones de manera arbitraria y comprometiendo con ello el erario de la Junta de Andalucía", según el instructor.

Desde el año 2005, las "resoluciones prevaricadoras" que se tomaban dentro del "procedimiento específico" eran, además, "el instrumento a través del cual eran objeto de apropiación los fondos públicos inicialmente destinados a ayudas a empresas y personas afectadas por las crisis empresariales", según el juez.

En el auto, que es recurrible y da un plazo de 45 días a las partes para que presenten las acusaciones o soliciten archivos, el juez precisa que el tipo que aplica para el delito de malversación no exige "el lucro personal del sustractor", sino que se beneficie a un tercero. También señala que "no todos ellos cooperan activamente a la malversación, limitándose algunos a dejar hacer".

El PSOE confía "plenamente" en ambos

Por su parte, el portavoz parlamentario del PSOE-A, Mario Jiménez, ha dicho que su partido confía "plenamente" en que Chaves y Griñán queden "libres de cualquier delito" cuando concluya el proceso judicial del caso de los ERE. "No he tenido oportunidad de leer el auto, pero en cualquier caso el PSOE, como siempre, no tiene más que mostrar su respeto absoluto a las decisiones judiciales y acatar los pronunciamientos de la Justicia", ha dicho en una rueda de prensa, recogida por la agencia Efe. 

"Confiamos plenamente en que cuando culmine el proceso judicial, los expresidentes quedarán libres de cualquier delito porque han actuado siempre con escrupuloso respeto a las normas y son personas honestas", ha señalado el dirigente socialista. 

Preguntado si cree que el PSOE se equivocó al valorar la dimensión del caso de los ERE y circunscribirlo a "cuatro golfos", ha insistido en que el procedimiento "no ha terminado" y ha apostillado: "Hay que dar su sitio a la Justicia y a la presunción de inocencia".

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