El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos presentados por los diputados PP y Ciudadanos en el Parlament de Cataluña contra varios artículos de la ley catalana que elimina el 25 por ciento del castellano en las aulas. Según ha informado el órgano de garantías este martes, los magistrados han considerado pertinente estudiar el fondo de los recursos presentados contra varios artículos del Decreto-ley de Cataluña 6/2022 por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, la aprobación, la validación y la revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos, y contra los artículos 2.1 y 2.4 de la Ley de Cataluña 8/2022 sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.
Tanto PP como Ciudadanos consideraron que con estas normas el Govern catalán vulnera la Constitución al omitir cualquier referencia al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña. El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, y la presidenta de Ciudadanos (Cs), Inés Arrimadas, anunciaron en mayo que recurrirían conjuntamente ante el Constitucional la ley del catalán en las escuelas acordada entre el PSC, ERC, Junts y los comunes.
La secretaria general del PP, Cuca Gamarra, aseguró -en una rueda de prensa en la sede del partido en Madrid- que el recurso para garantizar el castellano en las escuelas de Cataluña lo tendría que haber impulsado el propio Gobierno de Pedro Sánchez, pero que había "renunciado para que pueda seguir siendo presidente".
Ciudadanos critica el "decreto trampa"
En una comparecencia en Barcelona, la líder de Ciudadanos criticó el "decreto trampa" sobre el catalán del Govern y defendió la necesidad de presentar este recurso junto al Partido Popular para hacer unidad de acción constitucionalista frente al independentismo. Uno de los fundamentos del recurso es que tanto el Decreto como la Ley omiten cualquier referencia al castellano como lengua vehicular en la enseñanza en Cataluña, vulnerando la Constitución española, el Estatuto de Autonomía y la propia doctrina del Tribunal en sentencia de junio de 2010, según se recoge en un comunicado que difundió el PP.
El recurso explica que el Decreto Ley vulnera el artículo 64 del Estatut d'Autonomia de Catalunya y el 86 de la Carta Magna, al no existir fundamento habilitante para la utilización de dicha norma que requiere extraordinaria y urgente necesidad, además de trascender los límites establecidos en el Estatut para la utilización de dicho instrumento normativo.
Otros fundamentos del recurso se centran en que las normas citadas vulneran preceptos constitucionales relacionados con la autonomía de los centros garantizada por la normativa básica del Estado y con la alta inspección como competencia exclusiva del mismo, además de la competencia del Estado para la regulación del uso del castellano. Tras admitir sendos recursos, el Pleno estudiará los artículos impugnados y emitirá sentencia para indicar si ampara o no los argumentos de ambas formaciones.
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