ERC ya ha movido ficha sobre la reforma de la malversación. El grupo republicano propone volver al modelo previo al realizado por el PP en 2015 y sus enmiendas han ido encaminadas al avance en la "desjudialización de la vida social y política" para "limitar" las "arbitrariedades del Estado" en contra del secesionismo. En sus postulados, el grupo ha incluido que el delito de malversación no recoja conductas como la apropiación indebida y la administración desleal ya que cree que forman parte del "ámbito privado". El matiz en el texto, afirman, no supondría una ventaja a los condenados por corrupción en la nueva interpretación del Código Penal.
ERC ha presentado este viernes una serie de enmiendas a la propuesta de PSOE y Unidas Podemos para derogar la sedición entre las que propone crear un nuevo tipo dentro del delito de malversación para castigar con menos cárcel -con una pena de entre 6 meses y 3 años de prisión- a quienes malversen dinero público pero sin ánimo de lucro personal. Así, aboga por crear un nuevo artículo 432 bis según el cual "la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años".
Actualmente, el artículo 432 del Código Penal impone penas de entre 2 y 6 años de cárcel para "la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público".
Actualmente, el artículo 432 del Código Penal impone penas de entre 2 y 6 años de cárcel para "la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público". Y ese artículo 252 señala que "serán punibles (...) los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado".
ERC justifica su enmienda en la necesidad de volver en la tipología de este delito a la redacción anterior a la reforma ejecutada por el PP, con el objetivo de que la malversación recoja las conductas de apropiación del patrimonio público con ánimo de lucro. No obstante, la propuesta de Esquerra incorpora también la definición de lo que se entiende por patrimonio público. Para ERC su nueva redacción enmienda la "inadecuada" reforma de 2015, que equipara "indebidamente" lo que suele denominarse administración de activos ajenos particulares y públicos.
En la primera administración de esos patrimonios, la privada, la obtención de un beneficio es la guía; en cambio, en la segunda, en los asignados a las administraciones y entidades públicas, es la prestación de servicios o de dar soporte a dichas prestaciones lo que se persigue. "Beneficios privados y servicios públicos son a ojos vista objetivos diversos y, por tanto, no merecen ser equiparados en cuanto protección juridicopenal", valora ERC.
En el comunicado de ERC, el grupo asegura que tiene como objetivo la resolución política del conflicto con España, en base a dos premisas clave: la amnistía y ejercer el derecho a voto en referéndum. "En clave antirrepresiva, pues, cualquier paso que acerque a la desjudicialización y aleje la capacidad represiva del Estado es buena noticia para cualquier movimiento de protesta o disidencia política y, por tanto, también para el independentismo. Y en este contexto, es vital tanto la derogación del delito de sedición, como la reforma de la malversación, así como la reducción de penas por desórdenes públicos agravados, y así lo trabajan los republicanos", aseguran.
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