Cataluña

Otros dos dirigentes de ERC, beneficiados por la rebaja de la malversación de Sánchez

Fiscalía pide al TSJC aplazar el escrito de acusación a Jové y Salvadó por la reforma penal

Jové y Salvadó también entran en la lista de beneficiados. La Fiscalía ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que amplíe el plazo para presentar el escrito de acusación al presidente de ERC en el Parlament y exsecretario general de Vicepresidencia y Economía de la Generalitat, Josep Maria Jové, y al exsecretario de Hacienda y ahora presidente del Puerto de Barcelona, Lluís Salvadó, ante los cambios en la tipificación penal del delito de malversación que les atribuye por los preparativos del 1-O.

El plazo finalizaba el 20 de enero pero, en un escrito este viernes consultado por Europa Press, la Fiscalía Superior de Cataluña pide al tribunal que le dé 30 días más para presentarlo. El fiscal Pedro Ariche argumenta que la reforma penal "puede tener incidencia relevante en la formulación específica" de la acusación por malversación así como en la eventual condena que se les pueda aplicar por este delito.

La Fiscalía expone que quiere aplicar la reforma penal con "unidad de actuación" y, en este sentido, fuentes de la Fiscalía ya explicaron el martes que la Fiscalía General del Estado unificará criterios para aplicar la reforma del Código Penal que entró en vigor el jueves.

Jové y Salvadó están procesados junto a la consellera de Cultura, Natàlia Garriga, por presunta desobediencia en los preparativos del 1-O, y como son aforados les juzgará el TSJC. Garriga solo está procesada por presunta desobediencia y a ellos dos, además de desobediencia, también se les atribuyen los presuntos delitos de prevaricación y malversación.

Jové obtuvo datos personales para un censo el 1-O

Jové fue uno de los miembros de la delegación catalana en la mesa de diálogo entre el Gobierno de Pedro Sánchez y el Govern, y la instrucción recoge que presuntamente obtuvo datos personales de los catalanes de forma irregular a través de un convenio con el Idescat firmado el 28 de febrero de 2017, supuestamente con el objetivo de elaborar un censo para el 1-O.

El convenio tenía la duración de un año y no se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat (Dogc) ni en la página oficial del Idescat en el que aparecen los convenios vigentes y no vigentes firmados por el organismo, "por lo que los particulares interesados no podían conocer que sus datos personales habían sido cedidos ni oponerse a tal cesión, ni tampoco ser impugnado". Con estos datos presuntamente también se confeccionaron las cartas dirigidas a las personas nombradas como miembros de las mesas electorales del 1-O, que fueron intervenidas parcialmente por la policía en el registro de Unipost.

La investigación también considera que Jové supuestamente desoyó los mandatos del Tribunal Constitucional (TC) contra la organización de la consulta, e intervino "activamente en la búsqueda de los locales donde debía llevarse a cabo el referéndum", era conocedor de la fecha de publicación del decreto de convocatoria, y tenía en su ordenador archivos como 'modelo de papeleta', 'actas de constitución de mesa' y 'lista numerada de votantes' que coincidían con los nombres del material electoral hallado en la nave de Bigues i Riells (Barcelona).

Salvadó: mente tributaria de la Cataluña independizada

Entre los indicios contra Jové y Salvadó, la instructora detalla que hicieron presentaciones ante otros Estados y organismos para obtener financiación, y también que se dotó a la Agencia Tributaria del sistema e-Spriu, capaz de recaudar y gestionar y ejecutar impuestos para los que "no se tenían competencias" como IRPF, IVA, el impuesto de Sociedades y otros especiales.

La instructora también cree que Salvadó, quien es el actual presidente del Puerto de Barcelona, ideó un programa de homogeneización de los procesos y mecanismos internos de tramitación de los tributos y cotizaciones sociales que ingresaba el sector público de la Generalitat al Estado, para "controlar y contar con la máxima información posible sobre sujetos tributarios y sobre las cuotas satisfechas de los impuestos estatales no cedidos".

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