El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la presidenta de Junts y expresidenta del Parlament, Laura Borràs, a cuatro años y medio de cárcel con petición de indulto y 9 años de inhabilitación, según ha adelantado El Món y ha podido confirmar Vozpópuli con la sentencia. Además establece "una cuota diaria de 80 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas no abonadas, e inhabilitación especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos electivos y de funciones de gobierno o administración, en el ámbito local, provincial, autonómico, estatal o supranacional por 4 años y un 1 día". ´
La presidenta de Junts estaba procesada por fraccionar contratos y evitar licitarlos cuando estaba al frente de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) hasta el año 2017. En el fallo, la Justicia catalana reclama al Gobierno un indulto parcial para la exdirectora de la Institució de les Lletres Catalanes en referencia exclusivamente a la pena de prisión impuesta en el tiempo que exceda de los dos años. Tal y como recoge la sentencia, la Justicia catalana solicita la concesión del indulto parcial en referencia exclusivamente a la pena de prisión impuesta y en el tiempo que exceda de los dos años como duración máxima.
La presidenta de Junts seguirá al frente del partido puesto que los estatutos del partido establecen que su situación no cambiará hasta que haya sentencia firme del Supremo. Se enfrentaba a una petición de la Fiscalía de condenarla a seis años de cárcel y 21 de inhabilitación, y defendía su inocencia en todo momento. Los otros dos acusados en la causa -Isaías H., que se favoreció de los contratos, y Andreu P., que le ayudó a preparar presupuestos- llegaron a un pacto con la Fiscalía con el que confesaron y aceptaron penas de dos años y de un año y dos meses de prisión, respectivamente.
La sentencia considera probado por mayoría que la adjudicación directa al acusado Sr. Herrero de los trabajos de creación, desarrollo y mantenimiento de la web de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), “en el momento y en las condiciones en que quedó consolidada, prescindiendo de todo procedimiento regular, hizo quebrar todos los principios que rigen en materia de contratación pública, entre ellos, el de publicidad y transparencia, el principio de libre acceso y concurrencia de licitadores interesados en la prestación del servicio, así como los principios de no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, además de la libre competencia en la conformación de los precios, principio determinante de una eficiente utilización de los fondos públicos gestionados, en este caso, por la ILC”.
La sentencia explica que “el delito de prevaricación administrativa se ha cometido y ha quedado perfeccionado como unidad delictiva desde que se produce la adjudicación verbal y directa que la acusada Sra. Borràs i Castanyer, como directora y órgano de contratación de la ILC, realizó al también acusado Sr. Herrero de los trabajos de creación, desarrollo y mantenimiento de la web de la ILC, como unidad funcional y sin limitación temporal, despreciando y prescindiendo de los trámites y procedimientos preceptivos en toda contratación administrativa de la envergadura que correspondía a los trabajos encargados al referido Sr. Herrero". La sentencia impone a Isaías Herrero 2 años de prisión y a Andreu Pujol 1 año y 2 meses.
(Habrá ampliación)
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