Societat Civil Catalana, asociación cívica y cultural, ha interpuesto hoy una denuncia ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra la vicepresidenta del Gobierno en funciones y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez, por “faltar a la obligación de su cargo y dejar intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables”. El pasado lunes 4 de septiembre tuvo lugar en el Parlamento de Bruselas una reunión entre la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Yolanda Díaz, y el prófugo Carles Puigdemont, huido de la Justicia española desde el año 2017. El argumento de que la vicepresidenta acudió al encuentro “a título personal” como líder de Sumar, sin representar al Gobierno en funciones del que forma parte, es fraudulento, puesto que siempre prevalece el cargo institucional que un
dirigente político ostenta.
SCC procede penalmente contra la vicepresidenta del Gobierno en funciones en base al Artículo 408 del Código Penal, que recoge lo siguiente: “La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años”. Societat Civil Catalana considera que la vicepresidenta en funciones ha faltado a la obligación de su cargo e, intencionadamente, ha dejado de promover la persecución de personas encausadas por delitos gravísimos.
Resulta una obviedad que Yolanda Díaz, vicepresidenta del Gobierno de España, acudió al encuentro con Carles Puigdemont para encauzar la investidura del presidente del Gobierno y negociar con quien fuera presidente de la Generalitat durante el desafío al marco constitucional unas exigencias que atentan contra los intereses de España y del propio Estado de derecho. Prueba de que acudió en representación del Ejecutivo en funciones es que la vicepresidenta no ha sido cesada de su cargo pese a hacer ostentación pública de la “normalidad” de su largo encuentro con Puigdemont y otros fugitivos por la causa del procés.
Según consta en la denuncia, “la vicepresidenta Yolanda Díaz, cargo del que no puede desprenderse a voluntad y alegar que únicamente interviene a título de líder de Sumar, trató asuntos de estado con un prófugo de la Justicia, negociando las condiciones para la investidura de Pedro Sánchez. Consideramos también evidente que, desde Moncloa, pese a su intención de desmarcarse de esta reunión, hubo de avalarse este encuentro que, con toda seguridad, no se gestó en unas pocas horas. De ser cierto que desde el Ejecutivo nada se conocía de este encuentro antes de la noche anterior, la reacción lógica ante estos graves hechos habría sido la de cesar a Yolanda Díaz de sus cargos y no la celebración de sus más que dudosos logros”.
Como ministra, vicepresidenta y alto cargo de la Administración, Yolanda Díaz tiene la obligación de obedecer el ordenamiento jurídico y velar por su cumplimiento. Sin embargo, con una actuación sin precedentes en la historia reciente, ha legitimado a un prófugo de la Justicia que ha utilizado todos los medios a su alcance para desprestigiar la imagen internacional de España. La vicepresidenta, además de legitimar al secesionismo, ha dado carta de naturaleza a una serie de exigencias inconstitucionales.
El escrito presentado ante el Tribunal Supremo hace hincapié en que “la reunión del 4 de septiembre, promocionada con toda la pompa y la trascendencia posible entre una vicepresidenta del Gobierno de España con un prófugo de la justicia, cuyo delito principal ha sido atentar contra la integridad territorial de España, es algo sumamente grave que no hace sino evidenciar el poco o nulo respeto de la Sra. Díaz hacia el cargo que ocupa, con el agravante de que ella, no es otra cosa que, la representante del sujeto soberano, es decir, de España”.
Consta también en la denuncia que “si bien es cierto que hasta ahora el tipo penal recogido en el artículo 408 del Código Penal se ha aplicado a funcionarios o autoridades cuya obligación directa era perseguir delitos, en este caso la conducta omisiva de la Sra. Díaz también tiene un perfecto encaje en este tipo penal. Y es que, el deber de promover la persecución de delitos está incluido en las funciones del gobierno y, en consecuencia, cualquier cargo ejecutivo tiene la obligación de cumplir con esta responsabilidad”.
Por ello, “la conducta de Yolanda Díaz atenta frontalmente contra el interés general de todos los españoles, atenta contra la legislación vigente y contra las resoluciones judiciales existentes”. Que una vicepresidenta se reúna con alguien reclamado por la justicia “es algo inaudito y supone una evidente deslegitimación de las instituciones del Estado”. Societat Civil Catalana entiende que la vicepresidenta en funciones “no ha hecho sino proyectar una imagen lamentable de nuestro país en el exterior; es paradójico que desde el poder judicial
se persiga al responsable de la mayor fractura entre españoles de los últimos años y que, desde las mismas instituciones del Estado se promocionen reuniones con dicho sujeto en busca de su beneplácito para una futura investidura a cambio de cesiones del todo inconstitucionales y que no hacen sino llevar a España a la decadencia”.
Por todo ello, en defensa de los intereses de España y de los españoles, Societat Civil Catalana, a través del despacho de abogados Chapapría-Navarro & Asociados -que representa los intereses legales de la entidad- ha decidido proceder penalmente contra la vicepresidenta Yolanda Díaz y contra las personas que, tras la investigación, resulten responsables de los hechos denunciados.
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