España

El 'clan Polverino' imita a Gao Ping y alega un "error judicial" para liberar a sus capos

Las defensas de los mafiosos italianos arrestados el 4 de junio recurren los autos de prisión con el mismo argumento que los cabecillas de la trama china: un supuesto exceso en los plazos de detención. Fuentes de la Audiencia Nacional creen que esta vez la iniciativa no prosperará.

Vuelve la polémica de las 72 horas a la Audiencia Nacional. La defensa de los principales detenidos en la última operación policial contra la Camorra ha presentado en los últimos días varios recursos ante este órgano judicial para exigir la puesta en libertad de sus clientes con el mismo argumento que en noviembre pasado provocó que cerca de veinte imputados de la mafia china fueran excarcelados: un supuesto error judicial sobre el plazo máximo de detención antes de pasar a disposición judicial. Así lo han confirmado a este diario fuentes jurídicas que apuntan que, sin embargo, en esta ocasión las posibilidades de que prospere esta iniciativa procesal de los abogados de los integrantes del 'clan Polverino' son escasas ya que existen notables diferencias entre ambas operaciones.

En la 'Operación Emperador' las órdenes de arresto las firmó el juez. Ahora las ha rubricado la Fiscalía para evitar las dudas sobre cuándo se inició la 'detención judicial'

La principal es de quién partieron las órdenes de detención en uno y otro golpe policial y, por tanto, desde cuándo se consideran que estaban a disposición judicial. En la desarticulación de la trama presuntamente liderada por Gao Ping, éstas fueron firmadas por el propio juez instructor, Fernando Andreu. Ese fue el principal argumento de los recurrentes para asegurar que en todo momento estuvieron bajo la figura de detención judicial y que. por tanto, cuando fueron llevados ante el magistrado cuatro días después habían superado el tiempo máximo de arresto.

Sin embargo, en la Operación Laurel-VIII los arrestos de los camorristas, entre los que se encontraban los tres presuntos dirigentes Domenico Panella, Salvatore Allegro y Massimiliano D'Aria, fueron rubricados por la propia Fiscalía contra la Criminalidad Organizada y no por el magistrado que lleva la causa, Eloy Velasco. De este modo, destacan las fuentes jurídicas consultadas, el inicio de las 72 horas de detención judicial de los mafiosos italianos no se inició con su captura por parte de la Guardia Civil en la madrugada del martes 4 de junio, sino cuando fueron puestos a disposición del magistrado, a lo largo del viernes siguiente. "Es esta ocasión no hay ninguna duda de que no se ha sobrepasado el límite marcado por la ley, ni siquiera por unas horas, como alegan", recalcan estas mismas fuentes.

Detrás de la maniobra que previsiblemente convertirá en papel mojado los recusos de las defensas de los dirigentes del 'clan Polverino' están, precisamente, los fiscales de los dos casos, José Grinda y Juan José Rosa. En la Operación Emperador, ambos presentaron toda una batería de recursos al auto dictado por los tres magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional con el que se abrió la puerta a la excarcelación de Gao Ping y los otros cabecillas de la trama. Entonces, ambos fiscales argumentaron que tras las primeras 72 horas bajo jurisdicción policial se había abierto un nuevo plazo de idéntica duración que no incumplió la legalidad. Este argumento fue, precisamente, el que el Tribunal Supremo hizo suyo meses después para echar por tierra el auto de la Audiencia Nacional y abrir la puerta al reingreso en prisión de los cabecillas de la mafia china, como finalmente se produjo.

Sumario aún bajo secreto

Ahora, sin embargo, no han querido correr ese riesgo y la detención de la treintena de miembros de la Camorra ha llevado directamente la firma de ambos, un recurso que no es el más habitual, pero que sí está contemplado por nuestro ordenamiento legal. De este modo, el argumento de las defensas de los principales capos de que el límite legal de las 72 horas se habría superado por unas pocas horas queda desmontado, siempre según las fuentes jurídicas consultadas. Éstas destacan que el secreto de sumario que aún rige sobre las actuaciones ha impedido hasta ahora a los abogados conocer precisamente los detalles de la investigación que desembocó en el arresto de sus clientes.

De este modo, las órdenes de ingreso en prisión incondicional que dictó el juez Eloy Velasco el 7 de junio contra Panella, Allegro y D'Aria "no corren peligro por ahora", insisten estas fuentes. Tampoco las de los otros arrestados que aquel mismo día también fueron encarcelados sin fianza, entre los que se encontraban la esposa de uno de los arrestados, Patricia do Santos; el suministrador de hachis de la organización, el marroquí Mohamed Lahassen; los colaboradores españoles de la organización Francisco Javier Picatoste y Luis Miguel Sánchez; al abogado marbellí Juan García Ballester y el gestor Rafael Longas

EL ANTEDECENTE DEL LADRÓN DEL CÓDICE CALIXTINO

El exelectricista de la Catedral de Santiago de Compostela que confesó haber robado el Códice Calixtino, Manuel Fernández Castiñeira, fue el primero que 'imitó' la estrategia judicial de la mafia china para intentar conseguir la libertad. Su abogada presentó en enero pasado un escrito en el que reclamaba la excarcelación de su defendido porque, en su opinión, había superado el límite legal marcado por la ley para su puesta a disposición judicial. Según esgrimió entonces, Castiñeira fue detenido el 3 de julio a las nueve y diez de la mañana cuando se encontraba, precisamente, cerca de la Catedral de Santiago, el templo que había expoliado. Poco después, fue llevado por los agentes a su domicilio para proceder al registro del mismo en presencia de un secretario del Juzgado. Eran las diez y media de la mañana y en el documento en el que se recogió esta diligencia el detenido aparece ya como "imputado" y no sólo como detenido, un detalle que su letrada consideraba 'clave'.

¿Por qué? Porque Castiñeira mantuvo esa condición de 'imputado' y, por tanto, de detenido judicial hasta que los agentes lo llevaron a los juzgados de la ciudad gallega. Fue el 6 de julio a las 11 horas, 18 minutos y 31 segundos, como quedó registrado en el vídeo en el que quedó grabada aquella primera declaración ante el juez. Es decir, el electricista del Códice Calixtino fue supuestamente puesto a disposición judicial 48 minutos y 31 segundos más tarde del límite de 72 horas que dispone la Constitución como máximo periodo de detención. Finalmente, el 30 de enero la Audiencia Provincial de La Coruña ordenó su puesta en libertad al considerar que, concluida la instrucción de la causa en aquel momento, no existía ya riesgo ni de destrucción de pruebas ni de fuga. Del supuesto exceso de tiempo, ni mención.

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