En España hay casi 2 millones y medio de casas alquiladas según el Consejo General de Economistas y uno de los mayores miedos de sus propietarios —el 93% de los arrendadores son pequeños propietarios—es la posibilidad de que sus inquilinos incumplan sus obligaciones y no abonen la mensualidad acordada. Las consecuencias pueden ser desastrosas para los dueños de las viviendas, que van desde perder una cuota hasta, en caso de estar aún pagando la hipoteca, a perder la totalidad de la vivienda por un embargo del banco. El dato que muchos de ellos preguntan a las empresas del sector es si los impagos son frecuentes. La respuesta es clara: el año pasado los inquilinos dejaron sin pagar más de 7.600 euros de media en toda España, lo que supone un incremento del 0,85% con respecto al año anterior.
El dato se extrae de un estudio sobre Morosidad en Arrendamientos Urbanos que han realizado la Universidad Rey Juan Carlos y la Fundación Alquiler Seguro. "La morosidad no es solo un perjuicio para el propietario", afirman desde la empresa que lucha contra la morosidad, sino que además "va en detrimento del conjunto de la sociedad, ya que desincentiva la oferta y dificulta el acceso a una vivienda", apuntan. A esto, hay que sumarle el riesgo de que estos inquilinos dejen "destrozos" una vez se les desaloja, como ocurre en muchas ocasiones, por lo que cuando el propietario recupera su vivienda, tiene que asumir mayores costes aún reparando estos desperfectos.
El moroso profesional comienza a proliferar
Cada vez es menos rentable comprar una vivienda en España para alquilar, desde el máximo registrado a comienzos de 2017, cuando se situó en el 4,29%, hasta el último dato proporcionado por el Banco de España, que lo sitúa en el 3,38%. Sin embargo, cada vez son más los inquilinos que se quedan en la vivienda en la que entraron como alquilados, 25.000 al año según la plataforma de afectados por la okupación, por lo que el riesgo para el propietario crece.
El término exacto para la persona que entra en una casa por medio de un contrato de alquiler con la intención de dejar de pagar y quedarse viviendo en ella es inquiokupa, los cuales se diferencian de los okupas tradicionales en que no usan la fuerza para entrar en el inmueble sino que lo hacen a través de un contrato legal.
La ley debería defender de los desalojos a las personas vulnerables, pero existen auténticos profesionales que se dedican a vivir en inmuebles de mucha mayor renta de la que pueden permitirse con toda la intención de estafar al propietario. En este caso, el desalojo es especialmente complicado ya que conocen todas las artimañas legales para demorar lo máximo posible su expulsión de la casa.
Una de las estrategias más comunes de este tipo de estafadores es entrar en la vivienda lo antes posible, incluso realizando el pago por adelantado de varios meses, y una vez se ha ganado la confianza del propietario. "El incremento exponencial del impago de rentas por inquiokupación está relacionado con la aprobación del RD Ley 11/2020 de 31 de marzo, dictado para paliar los efectos de la pandemia por COVID-19 y a partir del cual se suspenden los procedimientos de desahucio y los lanzamientos para personas que sean declaradas vulnerable", denuncian desde la Plataforma de Afectados por la Ocupación en España, pero la ley se olvida de los propietarios, "a pesar de que la mayoría son tanto o más vulnerables que sus inquilinos", recuerdan.
En Alquiler Seguro alertan sobre este tipo de arrendatarios que se dedican "de forma profesional a estafar a propietarios para dejar de pagar después de firmar el contrato", por lo que se alejan del tradicional caso del inquilino que no puede hacer frente al pago de la renta de forma puntual.
Qué hacer en caso de tener a un 'inquiokupa' en casa
Los expertos aconsejan ceñirse a lo estipulado en la ley, exigir un mes de fianza a los nuevos inquilinos y pedir documentación que certifiquen sus fuentes de ingresos y solvencia. En el caso de los inquilinos morosos profesionales "es frecuente que den largas a la hora de entregar estos documentos", alertan.
Además de fingir encontrarse en una buena situación financiera, el inquiokupa insiste en dejar los suministros a nombre del propietario en vez de realizar el cambio de titularidad, "lo que puede ser un indicio de que pretende transferir deudas futuras al arrendador", afirman los expertos consultados de Alquiler Seguro. Esto supondría una dificultad para el propietario en caso de impago, ya él figurará como responsable de la deuda.
Atención, porque este tipo de inquiokupas suelen introducir en la vivienda a personas que no figuran en el contrato de alquiler, por lo que en muchas ocasiones subarrendan habitaciones o, incluso, la totalidad de la vivienda.
Cuando un inquilino deja de pagar el alquiler, lo primero que aconsejan los profesionales es mantener una conversación para lograr algún tipo de acuerdo, que, en caso de no producirse, deberá desembocar en una reclamación de la deuda por escrito. En Alquiler Seguro sugieren que la carta o el burofax en el que quede reflejada la solicitud incluya de forma explícita una fecha límite para efectuarse el pago y "advertir de que, de no hacerlo, se acudirá a la vía judicial".
Cuando se da el caso, lo oportuno es exigir el pago de la deuda, solicitar el desahucio para poder recuperar la vivienda, o ambas cosas.
En cualquier caso, el desalojo se acabará produciendo inevitablemente. En términos generales, el proceso legal de desahucio por falta de pago de un inquilino moroso puede demorarse entre seis y ocho meses. En concreto, el tiempo de espera medio es de 246 días. Además, en el caso de morosos profesionales, están familiarizados con las estrategias legales para prolongar al máximo su permanencia en el inmueble, lo que puede retrasar aún más la solución.
Pero no solo a eso. A lo que se demora el proceso de desahucio, hay que sumar el tiempo que el propietario ha tardado en descubrir que su inquilino es un moroso profesional, ya que habitualmente suelen dar excusas e incluso pueden llegar a realizar pagos puntuales para aparentar normalidad y retrasar aún más que el arrendador no emprenda medidas judiciales. Si se tiene en cuenta esto, puede llegar a alargarse hasta los dos años, como afirman en la primera empresa española que da protección a propietarios evitando la morosidad.
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