La sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución de José López Jaraba, director general del ente público Radiotelevisión Valenciana (RTVV) entre 2009 y 2012, de los delitos de prevaricación y malversación en la entidad por la contratación de una productora. El Alto Tribunal confirma así la sentencia dictada en su día por la Audiencia Provincial de Valencia en 2020 y condena a los recurrentes (Generalitat Valenciana y CGT) al pago de las costas devengadas.
La sentencia firme del Supremo desestima los recursos al considerar, entre otros argumentos, que la Audiencia Provincial ha ofrecido una "fundada" respuesta a la pretensión condenatoria formulada por la acusación, "aunque contraria a sus intereses" sin que se advierta una errónea valoración de las pruebas. Además, señala que no cabe tildar de arbitraria o simulada la argumentación del tribunal de instancia, aunque sean apreciaciones totalmente divergentes con las de la acusación y que cumplen el canon mínimo exigible conforme a la jurisprudencia del tribunal.
López Jaraba tuvo que responder ante la Audiencia de Valencia por la denuncia sobre unas supuestas irregularidades relacionadas un contrato firmado con una productora de José Luis Moreno, Alba Adriática, sobre quien dijo en la vista que no lo conocía y que no intentó beneficiarlo. Y así lo compartió también la Audiencia.
La denuncia partió en 2014 de Compromís y, de hecho, lleva la firma de quien es hoy presidente de las Cortes autonómicas valencianas, Enric Morera, y de quien fuera líder del partido, Mónica Oltra, a las que se adhirieron con posterioridad la Generalitat y la Confederación General del Trabajo (CGT) .
El contrato objeto de la controversia controvertido hacía referencia a la serie 'Planta 25', –se firmó en 2007 antes de que él estuviera en RTVV–, y cuando él llegó, la Sindicatura alertó de que en una liquidación echaba de menos 1.700.000 euros a favor de RTVV. Finalmente se llegó a un acuerdo con la productora, ésta reconoció la deuda y, para
compensarla, se entregaron unos programas bajo el título 'De un tiempo a esta parte'.
La Audiencia estimó que conforme a la normativa interna de aplicación de RTVV sobre los contratos de adquisición de programas, el contrato fue precedido de la firma de la solicitud de despensa del gasto por el jefe de producción, por la directora de TVV y por el 'controller'. También contó con el informe favorable de la Comisión Delegada de la Junta Central de Compras de RTVV.
A juicio del tribunal de instancia, no constaba ningún tipo de acuerdo entre el acusado y el legal representante de la productora para beneficiar a la mercantil; así como tampoco se acreditó que López Jaraba firmara el contrato para perjudicar a RTVV, ni tampoco que los derechos de emisión de los capítulos 'De un tiempo a esta parte' estuvieran sobrevalorados.
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