La Audiencia de Gerona ha condenado a veintiséis años y medio de cárcel a un educador de una residencia para discapacitados intelectuales y personas con trastornos de conducta, ubicada en la localidad gerundense de Llorà, por abusar de cuatro internas entre finales de 2012 y abril de 2014.
El fiscal solicitó siete años por cada uno de los cuatro delitos y la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Fátima Ramírez, ha aumentado la condena a ocho años en tres de ellos y la ha dejado en dos y medio en el cuarto, en el que no hubo acceso carnal.
El procesado trabajaba inicialmente de forma parcial en el centro -fines de semana y lunes por la noche- y, en febrero de 2013, fue contratado como auxiliar técnico educativo a jornada completa con la responsabilidad del "cuidado, vigilancia y protección de las internas".
Sin embargo, señala la sentencia, se aprovechó de que la discapacidad hacía a las víctimas confiadas e influenciables y disminuía sus posibilidades de desarrollar estrategias defensivas y de enfrentamiento para tener relaciones sexuales de forma simultánea con tres de ellas y realizarle tocamientos a una cuarta.
Falsas declaraciones de amor
El acusado perpetraba esos abusos sin preservativo, a cualquier hora y en lugares tan variados como las habitaciones, la cocina o los lavabos del vestuario de educadores, todo ello tras falsas declaraciones de amor o haciendo creer a las mujeres que tenían relación de noviazgo.
Con la misma táctica consiguió que le mandaran fotos de ellas desnudas y él les envió vídeos del mismo tono con la advertencia de que los borraran tras verlos, pero no lo hicieron y han servido de prueba en el juicio.
Los tutores de las víctimas y la titular de la residencia denunciaron los hechos tras descubrirlos en 2014 y el tribunal ha creído que hubo abusos en base a pruebas como las citadas fotografías, testimonio de testigos y una queja que interpuso la directora del centro contra el educador por ser "excesivamente cariñoso con las internas".
Aunque las relaciones fueron aparentemente consentidas, el escrito concluye que no resulta válido, porque ese permiso fue obtenido "aprovechándose de su situación de superioridad" y de la discapacidad de las mujeres.
Además de la privación de libertad, la sentencia también prohíbe al educador acercarse a menos de 500 metros de las víctimas durante diez años, e impone otros veintisiete de libertad vigilada, así como una indemnización de 22.000 euros.
El tribunal considera que la residencia es responsable civil subsidiaria y reprocha a la dirección que, una vez aparecieron las sospechas, "pese a no poder demostrar la realidad de los hechos, no se adoptó ninguna actitud de vigilancia y control para ver si repetía tales conductas y evitarlas".
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