El Juzgado de Instrucción 14 de Sevilla ha visto salir a los protagonistas de un polémico caso que lleva los procedimientos legales a su límite. El dictamen judicial ha sido pospuesto ya que, una de las partes, ha aludido a un parte de lesiones que no consta en la instrucción. El día que conocemos un nuevo caso de violencia de género, este proceso judicial adquiere tintes dramáticos.
La instrucción trataba sobre una supuesta agresión por parte de una mujer a su pareja quien, tras haber sido condenado por maltrato, se cambió de sexo en el Registro Civil. En el último episodio de este caso, el maltratador registrado como mujer había acusado a su expareja de tirarse “al cuello” en el curso de una discusión por el cuidado de sus hijos.
Esa presunta agresión era la que se juzgaba hoy y a ella obedece el parte de lesiones que el Juzgado no tiene y que, ahora, deberá ser entregado para proseguir con esta insólita instrucción. La mujer atendió a la prensa en la salida de los Juzgados sin dar crédito a la credibilidad que se le da a quien ya fue condenado por agredirla. Él ha salido de los juzgados con el rostro cubierto, amenazando a la prensa si se publicaba su imagen.
Fue en septiembre de 2023 cuando se condenó al maltratador a 15 meses de cárcel, aunque aún no ha ingresado en prisión. El abogado de la víctima, José Antonio Sires, ha relatado que, tras una década de malos tratos físicos y psicológicos, la mujer rompió la relación hace cinco años y tras numerosas denuncias en los juzgados de Violencia sobre la Mujer.
De hecho, en 2014 hubo órdenes de alejamiento para el agresor que quebrantó en repetidas ocasiones hasta que, finalmente, fue condenado a 15 meses de prisión en 2019. Empezó entonces un infructuoso proceso de recursos por parte del condenado, ya que el juzgado de lo Penal de Sevilla dictaminó en septiembre de 2023 su ingreso en prisión.
Un inesperado giro de guión: cambio de sexo
Pero un mes antes del dictamen de su ingreso en prisión, el agresor se había cambiado de sexo. Para el abogado de la víctima, José Antonio Sires, estamos ante "un indubitado fraude de ley". El movimiento de un agresor con antecedentes penales inmerso en un proceso de alegaciones buscaría, según el letrado, ser enjuiciado por un tribunal penal y no por uno específico de Violencia de género, evitando así la condena por violencia física o psicológica contra su mujer o exmujer.
De hecho, Siles asegura que, tras el cambio de sexo del agresor, "las agresiones y amenazas, lejos de cesar, han continuado, temiéndose por la integridad física de la víctima." Acusa, además, la estrategia de la defensa del agresor de dilatar los procesos con alegaciones y supuestos partes de lesiones. Por su parte, la defensa del agresor ha presentado además petición de indulto frente al ingreso en prisión
Consecuencias de una Ley hecha con prisas
Desde la Junta de Andalucía han reaccionado a este caso. Manteniendo la distancia con una causa judicial, la consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía, Loles López ha señalado este caso como una consecuencia de tramitar leyes “con prisas y a la carrera”, algo que como evidencia este caso, “no beneficia ni a las mujeres trans ni a las víctimas de violencia de género”.
López señala la necesidad de conjugar el “legítimo derecho de las personas trans con la prevención y la protección a las mujeres víctimas de violencia de género. Por eso, la ley hay que hacerla concienzudamente”, apuntando que, con la Ley Trans no se ha hecho así.
La consejera señaló que las tramitaciones legales del Ejecutivo están propiciando desprotección para las mujeres, “no es la primera vez que se legisla así. Otro ejemplo es la ‘Ley de Solo Sí es Sí’, ¿a cuántas mujeres ha beneficiado y a cuántas ha perjudicado?”.
Este procedimiento evoca al reciente caso del ertzaina que también se acogió a la ‘Ley Trans’ de la noche a la mañana para posteriormente amenazar con un cuchillo a su mujer. En este caso, fuentes de la Fiscalía destacaron que el cambio de sexo tendría aplicación solo a partir de la fecha en la que se hizo oficial y no tendría efecto retroactivo. Así que no afectaría a las condenas ya dictaminadas sobre el agresor. En el caso de Donosti, el Ministerio Fiscal ya pidió la nulidad del cambio de sexo del ertzaina agresor.
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