España

Condenan a tres años y medio a dos hombres que amenazaron con arengas yihadistas a guardias civiles

El Fiscal pedía 13 años para cada uno de ellos por delito de amenazas terroristas pero el tribunal les condena por desorden público

La Audiencia Nacional ha condenado a tres años y seis meses de prisión por delito de desórdenes públicos agravados a dos jóvenes de Melilla que se apostaron frente a un cordón policial montado durante un operativo antiterrorista, en junio del pasado año, y amenazaron con arengas yihadistas a los agentes que participaron en el mismo.

Los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal condenan a Suliman Mohamed Makrani y Belaid Mohand, por la figura agravada de delito de desórdenes público, al apreciar la circunstancias concurrentes de la duración de los incidentes, la creación de una situación de riesgo en la vía pública, así como un peligro real de acometimiento a los agentes policiales.

El tribunal considera probado que los dos acusados (condenados por delito de atentado a agentes de la autoridad en el caso de Makrani y por colaboración en organización terrorista en el caso Mohand) se apostaron el 23 de junio de 2017 en el registro de la vivienda de un detenido en la calle Cuesta de la Viña (Melilla) por un delito relacionado con el Estado Islámico.

"Por efecto de su actitud, consiguieron que en algunos momentos se concentraran entre sesenta y setenta personas y en el más álgido hasta cien, de las que en torno a treinta dificultaban el quehacer policial mediante consignas, al tiempo que se empujaba el cordón policial", describe la sentencia que añade que es "incuestionable" la credibilidad de los agentes que declararon en la vista oral como testigos.

Durante las más de diez horas que duró el registro, los dos condenado increparon a los guardias civiles a quienes gritaron: 'es una batalla, esto no va a quedar así', 'recuperaremos Al-Andalus y arderéis todos', 'daremos la vuelta a la tortilla', 'si tuviese algo afilado os atravesaría a todos' u 'os vamos a hacer saltar por los aires'. También les dijeron que sabían en qué hoteles se hospedaban, por qué bares salían y que no pararían hasta que les pusieran de rodillas y les cortaran el cuello.

No es delito de amenazas terroristas

Los acusados expusieron que no tenían nada en contra de su país durante el juicio que acogió la Audiencia Nacional el pasado mes de mayo, sin embargo el Ministerio Público pidió para cada uno de ellos 13 años de prisión por delito de amenazas terroristas. La fiscal del caso, María Antonia Sanz, dijo entonces que terrorismo no era solo tiro en la nuca sino actuar bajo determinadas consignas y realizar acciones que desgastan las estructuras del Estado.

Sin embargo, la Sala considera que no resulta viable dicha calificación jurídica al producirse el anuncio de males genéricos sin la suficiente concreción en el contexto y porque los gritos no se pronunciaron contra una persona individualizada. Consideran que estos hechos constituyen delito de desorden público porque la acción se desarrolló en la vía pública y se produjeron expresiones que, "aunque puedan atemorizar a funcionarios públicos, tenían por objeto alterar la paz", explican los magistrados.

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