La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a dos años de prisión y diez de libertad vigilada a un hombre que reconoció en el juicio que violó a la joven que acababa de conocer en una discoteca al sentirse enfadado por negarse a la práctica sexual que le había pedido, recoge EFE.
La sentencia de conformidad, a la que ha tenido acceso Efe, lo condena también a pagar una multa de 90 euros por las lesiones que le produjo y a indemnizarla con un total de 25.120 euros por las mismas y por daños morales y costas.
Además, le impone una orden de alejamiento en cumplimiento de la cual no podrá comunicarse con la perjudicada ni acercarse a menos de 300 metros de ella por tiempo de diez años, junto con la obligación de seguir un programa formativo de educación sexual.
El relato de hechos probados señala que los mismos se produjeron el 6 de diciembre de 2018, poco después de que el acusado, que estaba en una discoteca de la capital murciana con unos amigos, conociera a la denunciante y estuviera bailando con ella.
Él la cogió de un brazo y la llevó hasta un descampado próximo, donde le dijo que le hiciera una felación, a lo que ella se opuso.
En un momento determinado, salieron a la calle a fumar un pitillo y él la cogió de un brazo y la llevó hasta un descampado próximo, donde le dijo que le hiciera una felación, a lo que ella se opuso.
El condenado la violó pese a que ella se negó
La negativa disgustó al acusado, quien como reacción mantuvo una relación sexual completa pese a que ella se negó en todo momento a participar en la misma. La víctima de estos hechos fue atendida en un hospital de Orihuela (Alicante) de lesiones en un muslo y en la región lumbar, que sanaron a los pocos días.
El tribunal de la Audiencia Provincial de Murcia ha dejado en suspenso el cumplimiento de la pena privativa de libertad durante cinco años a condición de que durante ese tiempo no vuelva a delinquir, siga el curso de formación sexual y abone la indemnización, lo que podrá hacer en plazos de 420 euros mensuales.
A la hora de concretar la condena, la Sala tiene en cuenta las atenuantes de confesión de los hechos y reparación parcial del daño, esta última, porque antes del juicio había consignado 500 euros a favor de la perjudicada.
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