El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucionales y nulos tres artículos de la moción aprobada por el Parlament de Cataluña en la que se reafirmaron "los objetivos políticos" de la resolución del 9 de noviembre de 2015 para avanzar hacia la independencia de Cataluña.
Fuentes del tribunal de garantías han adelantado el fallo de la sentencia que estima parcialmente la impugnación del Gobierno contra la moción aprobada el 5 de julio en el Parlament. La resolución se dará a conocer en los próximos días.
Se trata de una nueva disposición autonómica sobre una normativa del Parlament, ya anulada y suspendida por el TC en 2015, que expresa la voluntad de avanzar hacia la independencia de Cataluña.
En defensa de la Constitución
El Ejecutivo solicitó en su recurso la nulidad de los apartados 1 a 5 de la moción de la cámara catalana, si bien los magistrados han declarado inconstitucionales solo los apartados 1 a 3.
El Gobierno explicó que la impugnación se hizo en defensa de la Constitución y del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
La moción en la que se reafirman los objetivos políticos de la resolución del 9N contó con los votos favorables de las tres fuerzas independentistas y la abstención de los comunes en algunos puntos, mientras que Ciudadanos (Cs), PSC y PP no quisieron votar, si bien no se ausentaron del hemiciclo.
Culminar la independencia de Cataluña
El texto señala que el "Parlamento de Cataluña, antes las actuaciones del Estado, por medio del TC, el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y la Fiscalía, de judicialización y persecución de los actos consecuentes con su mandato democrático ratifica su firme voluntad de llevar a cabo las actuaciones necesarias previstas y aprobadas por este Parlamento, para alcanzar y culminar democráticamente la independencia de Cataluña".
Y, además, "reitera los objetivos políticos de la Resolución 1 / XI, del 9 de noviembre, sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015, legitimados por los resultados del referéndum del 1 de octubre y de las elecciones del 21 de diciembre de 2017".
El último apartado anulado dice: "El Parlamento de Cataluña ha expresado en muchas ocasiones la defensa del derecho a decidir y de la autodeterminación y, en consecuencia, como depositario de la soberanía del pueblo de Cataluña y con fidelidad a su voluntad, reitera el compromiso de alcanzar estos objetivos políticos por vías democráticas y no violentas".