España

El Constitucional suspende la ley catalana que cierra las nucleares y la de clubes de marihuana

En la actualidad se encuentran activas las centrales nucleares de Ascó I y II en Tarragona; la de Vandellós II, también en Tarragona, se encuentra en fase de desmantelamiento.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite varios recursos de inconstitucionalidad promovidos por Mariano Rajoy contra leyes aprobadas por el Parlamento de Cataluña bajo la presidencia de Carles Puigdemont. Entre ellas diversos puntos de la Ley de Cambio Climático o la que regula los clubes de cannabis en la Comunidad Autónoma. La admisión a trámite de dichos recursos produce la suspensión de las leyes catalanas impugnadas, así como su vigencia y aplicación.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de noviembre, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno, contra diversos artículos y disposiciones de la Ley del Parlamento de Cataluña 16/2017, de 1 de agosto, del Cambio Climático. 

Entre los artículos de la Ley recurridos se encuentra el 19, que dice que para la transición energética pretendida, se va a establecer “un plan de transición para el cierre, no más allá de 2027, de las centrales nucleares”. La ley añade que el cierre se realizará “velando por la preservación de los puestos de trabajo directos que generan en el territorio”.

El recurso de inconstitucionalidad contra la ley catalana de la Agencia de Ciberseguridad también ha sido admitido a trámite

En la actualidad se encuentran activas las centrales nucleares de Ascó I y II en Tarragona; la de Vandellós II, también en Tarragona, se encuentra en fase de desmantelamiento. Las centrales nucleares de Ascó y Vandellòs emplean de forma directa a un millar de trabajadores y a otras 1.300 personas a través de subcontratas.  Endesa es la compañía propietaria de Ascó I; el mismo grupo controla el 85% de Ascó II, central en la que Iberdrola posee el 15% del capital. En Vandellòs II Endesa posee el 72% e Iberdrola el 28%.

También el Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de noviembre, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno, contra la Ley del Parlamento de Cataluña 13/2017, de 6 de julio, de las asociaciones de consumidores de cannabis.

La Ley de Asociaciones de Personas Consumidoras de Cannabis de Cataluña parte de una iniciativa legislativa popular (ILP) y regula el cultivo y el transporte de marihuana por parte de estos tipos de clubes, sobre los que en las Comunidades Autónomas de Cataluña y País Vasco se ha mantenido una política permisiva en los últimos años.

"El consumo de cannabis por parte de adultos", dice la ley catalana, "en el ámbito privado, ya sea por motivos lúdicos o por motivos terapéuticos, es una opción que forma parte del ejercicio del derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad, del derecho a la libertad de conciencia y de disposición del propio cuerpo, así como del derecho a la salud y a escoger las terapias y los tratamientos más adecuados al estado de salud de cada persona". "Tras más de medio siglo de políticas prohibicionistas y represivas hacia el consumo del cannabis llevadas a cabo tanto en Cataluña como en buena parte del mundo, existe en nuestro país una parte significativa de la población que consume esta sustancia en una situación de inseguridad jurídica y sanitaria que supone una injusta discriminación y la vulneración de sus derechos fundamentales".

Otras leyes aprobadas por el Parlamento de Cataluña que han sido suspendidas al admitir a trámite el Constitucional los recursos de inconstitucionalidad presentados por el Presidente del Gobierno, que ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, han sido la de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña y la de medidas urgentes para la ordenación de los servicios de transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas.

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