España

El fiscal suizo contempla hasta diez años de cárcel para Corinna por blanqueo y soborno

La comisión rogatoria enviada por Yves Bertossa detalla las posibles penas a imponer a la examante de Juan Carlos I y los gestores del entramado societario investigado

El fiscal suizo que impulsó la investigación que determinará el futuro judicial más inmediato del rey emérito contempla penas de hasta diez años de cárcel para la examante del monarca y empresaria germanodanesa, Corinna Larsen. También para los gestores que diseñaron el entramado societario que sirvió a Juan Carlos I para ingresar los 64,8 millones de euros que recibió en 2008 de Arabia Saudí (equivalente entonces a cien millones de dólares). 

Así consta en la primera comisión rogatoria que el representante del ministerio público, Yves Bertossa, remitió a la Audiencia Nacional el 19 de agosto de 2019 y a la que ha tenido acceso Vozpópuli. En ella, precisa que investiga a Corinna Larsen, Dante Canonica y Arturo Fasana por los delitos de blanqueo y “soborno de funcionarios públicos extranjeros”. Por estos hechos también investiga al banco local Mirabaud.

“Cabe calificar los hechos anteriormente mencionados de soborno de funcionarios públicos extranjeros (art. 322 del Código Penal) y de blanqueo de capitales (art. 305 bis del Código Penal)”, dice el fiscal, quien deja claro que, en función de lo que marca la legislación suiza, “la acción penal no ha prescrito” y que los hechos están sujetos a su jurisdicción. En un apartado, se detiene a detallar los años de cárcel que contempla cada uno de los delitos. 

La ley suiza considera autor de un delito de blanqueo a “quien haya cometido un acto que pueda obstaculizar la identificación del origen, el descubrimiento o la confiscación de bienes que supiera o debiera haber presumido que procedían de un delito calificado o de un delito fiscal (cuando los impuestos deducidos en un año superen los 300.000 francos)”. “Será castigado con una pena de prisión de hasta tres años o con una sanción pecuniaria”, dice. 

Hasta cinco años por blanqueo

No obstante, la comisión rogatoria advierte de que la pena puede llegar hasta los cinco años de cárcel en algunos supuestos. Uno de ellos es que el investigado realice “un volumen de negocios o una ganancia significativa al participar en el negocio del lavado de dinero”. Según consta en las pesquisas de Bertossa, solo en 2012 el rey Juan Carlos I ordenó transferir el dinero saudí desde Suiza a una cuenta a nombre de una sociedad de Corinna Larsen en las Bahamas. 

Extracto de la comisión rogatoria que detalla los delitos que imputa a los investigados

Los otros supuestos que incrementan hasta cinco años la pena de cárcel por blanqueo son “actuar como miembro de una organización delictiva” o una “una banda formada para participar sistemáticamente en el lavado de dinero”. En poder de Bertossa figuran datos de una quincena de operaciones sospechosas entre al menos agosto de 2008, cuando se creó la fundación Lucum para ingresar el dinero saudí, y el año 2017, cuando Corinna Larsen transfirió 42 millones de dólares desde su cuenta de las Bahamas a otra cuenta personal de Estados Unidos. 

Ya la propia Fiscalía española cuando el 30 de septiembre de 2019 dio el visto bueno a esta comisión rogatoria lo hizo en virtud a una petición por un “delito agravado de blanqueo de capitales”. En su exposición, Bertossa apunta a que el dinero recibido por el Rey de parte de Arabia Saudí fue la consecuencia de que las empresas españolas que se adjudicaron la construcción del AVE a La Meca "presentaron su candidatura ofreciendo un 30 por ciento de descuento".  

Otros cinco años por el segundo delito

En cuanto al segundo delito, relacionado con el soborno de funcionarios públicos extranjeros, la comisión rogatoria precisa que “se castigará con penas privativas de libertad de una duración máxima de cinco años o con sanciones pecuniarias”. Castiga a toda persona que haya “ofrecido un beneficio indebido a una persona que actúe en nombre de un Estado extranjero” ya sea a su favor o de un tercero “por la realización u omisión de un acto relacionado con su actividad oficial y que sea contrario a sus deberes o dependa de su discreción”.

[singular-iframe src='https://es.scribd.com/embeds/488851561/content?start_page=1&view_mode=scroll&access_key=key-2umf4Q3XzGwPouiasdR9']

La Fiscalía española recuerda que este delito también se persigue en España, en su caso como un delito de corrupción en las transacciones comerciales internacionales. Con una redacción parecida a la de la legislación suiza, en este caso se castiga con penas de cárcel de entre tres y seis años. 

Bertossa, fiscal del cantón de Ginebra, decidió abrir una investigación por su cuenta el 6 de agosto de 2018 al ver publicada en la prensa la conversación de Corinna Larsen con Villarejo. Entre otras cosas, la examante del Rey confesaba que Juan Carlos I tenía dinero escondido en Suiza a nombre de su primo Álvaro de Orleans y la creación de una estructura societaria opaca. El investigador helvético registró la sede de la sociedad Rhone Gestión SA, propiedad de Fasana. 

La Fundación Lucum

Esta sociedad había gestionado también en su día la fortuna del cabecilla de la trama Gürtel, Francisco Correa. También se registró la sede del banco Mirabaud porque allí es donde tenía su cuenta la fundación Lucum, creada por Fasana y Canonica para gestionar el dinero saudí del Rey. 

Junto a toda esta documentación, el fiscal suizo lo que pedía a las autoridades españolas es que le indicasen si habían iniciado una investigación a partir de los audios de Corinna con Villarejo publicados el 12 de julio de 2018 por El Español y Ok Diario. También pedía una copia de las grabaciones que la Unidad de Asuntos Internos de la Policía encontró entre el material incautado a Villarejo y su socio cinco días después de aparecer en la prensa.

Bertossa quería además “todos los documentos relevantes que guarden relación con la adjudicación a empresas españolas de la licitación convocada en Arabia Sauidí para la construcción de una línea de ferrocarril entre Medina y La Meca”. La Fiscalía española daba el visto bueno a remitir la documentación solicitada, pero también planteaba dilucidar cuál de los dos países estaba en mejores condiciones para asumir la investigación de los hechos. Fuentes fiscales españolas afirman que por el momento tan solo se ha intercambiado documentación entre España y Suiza sin que se haya establecido ninguna cuestión de competencia o jurisdicción.

La Audiencia Nacional abrió una pieza separada nada más conocerse el contenido de las cintas entre Corinna y Villarejo, pero la cerró en tiempo récord al concluir que el Rey era inviolable en el momento de los hechos a los que hacía alusión Corinna Larsen, anteriores a la abdicación de Juan Carlos I.

Tan solo dejó con vida -fuera ya del caso Villarejo- la parte que afectaba al presunto cobro de comisiones por parte de las empresas que participaron en la UTE que en 2011 se llevó el macrocontrato para construir el AVE a la Meca por más de 6.300 millones de euros. Las pesquisas de la Fiscalía anticorrupción y los avances del fiscal suizo cercaban cada vez más las actividades del rey emérito y por su condición de aforado, la causa acabó en junio en manos de la Fiscalía del Tribunal Supremo por decisión de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado.

Precisamente la inviolabilidad del Rey en el tiempo en el que se cometieron los hechos llevará a la Fiscalía a archivar el caso sin elevar una querella ante el Tribunal Supremo, según deslizan desde hace meses fuentes del ministerio público. Quedan en cambio otras dos líneas de investigación en torno a Juan Carlos I: la que afecta al uso sin declarar de unos fondos procedentes de un empresario mexicano amigo suyo y el hallazgo de un trust en la Isla de Jersey con una fortuna oculta de 10 millones de euros, según informó LaSexta

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP