España

Choque de criterios en la judicatura por la petición de mascarillas de policías y mossos

El Sindicato Unificado de Policía y la Unión Sindical de la Policía Autonómica de Cataluña han reclamado la entrega de material de protección frente al coronavirus; el primero ha recibido la negativa de un Juzgado de Madrid mientras que el segundo ha conseguido que el tribunal catalán ordene la distribución de equipos

Dos sindicatos policiales han acudido a los tribunales para reclamar a las autoridades la entrega urgente de material sanitario de protección para hacer frente al coronavirus. Ambos han recibido respuesta esta misma semana. El Juzgado de lo Social número 34 de Madrid ha desestimado la demanda del Sindicato Unificado de Policía (SUP). Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por su parte, ha aceptado la petición de la Unión Sindical de la Policía Autonómica de Cataluña (USPAC) y ha ordenado que se distribuyan insumos a los Mossos d'Esquadra

Este choque de criterios en la judicatura tiene lugar en medio de una pandemia sin precedentes históricos ni jurisprudenciales. Cada magistrado intenta dar respuesta a las peticiones que día a día llegan a los tribunales por parte de diferentes gremios que reclaman mascarillas, guantes y demás medidas de protección frente a la Covid-19. El caso de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se suma, entre otros, a la de los colectivos médicos y a la de los funcionarios de la administración de Justicia. 

La negativa al Sindicato Unificado de Policía responde al análisis que hace el juez Antonio Seoane de la función propia de las medidas cautelares. Según explica el magistrado, éstas "no tienen como finalidad el salvamento de la Humanidad o el Universo (...) sino el mucho más modesto de asegurar anticipadamente lo resuelto en un procedimiento judicial". A su juicio, "se está recurriendo a las medidas cautelarísimas como atajo para obtener pronunciamientos meramente declarativos sin un claro objeto o finalidad".

Los jueces que han aceptado la petición de la Unión Sindical de la Policía Autonómica de Cataluña parecen no coincidir con el argumento del Juzgado madrileño. Según han alegado en su auto, no solo consideran pertinente que se adopten medidas cautelarísimas, sino que estiman que las que se han acordado "resultan idóneas". En el escrito han explicado que las medidas son "aptas para evitar exposición de riesgo biológico" y han insistido en la necesidad de garantizar el derecho de los agentes a trabajar en condiciones que respeten su salud, su seguridad y su dignidad.

Diferencias sobre riesgos laborales

Aunque ambos sindicatos han amparado sus respectivas demandas en la Ley de Riesgos Laborales, no les ha funcionado por igual. Los Mossos se han encontrado con un tribunal que ha concluido que "el estado de alarma no ha suspendido los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la integridad física, ni tampoco el derecho a la prevención de los riesgos laborales respecto del colectivo policial". 

El Juzgado de lo Social número 34 de Madrid ha considerado que "esta normativa no es de aplicación al supuesto que nos ocupa de emergencia sanitaria bajo un estado de alarma declarado por el Gobierno de la Nación y respaldado por las Cortes españolas". El magistrado ha desestimado la demanda, en parte, porque "se habla del riesgo de los Policías en abstracto como si todos los policías realizaran las mismas funciones y sufrieran la misma exposición". Los jueces de Cataluña, sin embargo, han considerado que "por el solo hecho de asistir al trabajo, en situación de confinamiento generalizado, incurre ya en un riesgo, con independencia de que preste sus servicios en oficinas o en la vía pública".

Mientras el juez de Madrid ha insistido en que "no es posible reconocer el derecho a todos los integrantes de todos los cuerpos o trabajadores que prestan servicios esenciales", desde Cataluña han asegurado que no es competencia de la sala "resolver sobre la prioridad que las autoridades gubernativas han de dar a la distribución de equipos de protección".

Resoluciones a favor y en contra

El TSJ catalán no es el único que ha estimado medidas cautelares para el reparto de materiales en plena pandemia; el Juzgado de lo Social número 34 de Madrid tampoco es el único que las ha rechazado. Ante el goteo de demandas, el juez Seoane ha lamentado las decisiones adoptadas por los magistrados que sí se han aceptado las peticiones de los sindicatos y que "ahora se ven en el contrasentido de tener que ejecutar por vía de requerimiento". Los jueces de Barcelona, por su parte, han sacado pecho en su auto de esos casos y ha destacado al menos otras ocho resoluciones en las que se acuerda la entrega urgente de suministros a colectivos. 

En el caso de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se han admitido otras dos demandas: una en la Sala de lo Social del TSJ de Madrid presentada por el sindicato Justicia Policial (JUPOL), y otra en el Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria de Euskal Polizien Ikartasuna (EUSPEL). Otros gremios, como el de los secretarios judiciales, también ha obtenido respuestas positivas a sus reclamaciones.

Hasta el momento, los 'no' más sonados los ha entonado el Tribunal Supremo, que ha rechazado en dos ocasiones las peticiones de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) de exigir al Gobierno la provisión a todos los hospitales de medios de protección para hacer frente al coronavirus. Pese a esta negativa, los magistrados, han acordado estudiar las alegaciones de la Abogacía del Estado para que "la Sala pueda pronunciarse ya con conocimiento de todos los extremos precisos y, en particular, de la gestión efectuada al respecto por la Administración". En los diferentes casos existentes, aún queda pendiente que se estudie el fondo de la demanda.

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