España

La defensa de Griñán pide suspender su ingreso en prisión hasta resolverse el indulto

La defensa de Griñán alude a "la eventual suspensión" de la ejecución de la condena "hasta que se resuelva el indulto" solicitado al Gobierno central y hasta que "tenga respuesta el incidente de nulidad" elevado al TS

La defensa del expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán ha formalizado un escrito ante la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, solicitando que dicha instancia desestime el escrito con el que la Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a su petición de suspender la ejecución de la sentencia "hasta que se resuelva el indulto". Griñán fue a seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación por delitos continuados de malversación y prevaricación, por el procedimiento específico mediante el cual la Junta canalizó sus subvenciones para prejubilaciones en expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y ayudas arbitrarias a empresas.

En su escrito, recogido por Europa Press, la defensa de Griñán sostiene que "el ordenamiento jurídico previene supuestos excepcionales, como el que concurre en las presentes actuaciones, que hacen que la ejecución de la sentencia firme no deba ser ni inmediata ni automática, como parece proponer el Ministerio Público".

En concreto, la defensa de Griñán alude a "la eventual suspensión" de la ejecución de la condena "hasta que se resuelva el indulto" solicitado al Gobierno central y hasta que "tenga respuesta el incidente de nulidad" elevado al Tribunal Supremo respecto a la sentencia de dicha instancia que desestima su recurso de casación, contra la mencionada sentencia inicial condenatoria de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla.

La defensa de Griñán esgrime que "la excepcionalidad de estos supuestos exige un análisis del 'caso concreto', que en el dictamen del Fiscal brilla por su ausencia".

"Y eventualmente, si tras la nulidad fuera interpuesto, hasta que se resuelva el recurso de amparo, mediante la previsión de la suspensión cautelar de la ejecución de las resoluciones judiciales impugnadas, de conformidad con el artículo 56.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC)", agrega la defensa de Griñán, esgrimiendo que "precisamente la excepcionalidad de estos supuestos exige un análisis del 'caso concreto', que en el dictamen del Fiscal brilla por su ausencia".

Griñán "no es un político corrupto"

Además, y ante las menciones del escrito de la Fiscalía, defiende que Griñán "no es un político corrupto, en el sentido que se quiera dar a ese adjetivo descalificativo, incluyendo el más amplio posible", extremo que considera "notorio, conocido de todos y que difícilmente pudiera pasar desapercibido para una fiscalía especializada, acostumbrada a conocer políticos corruptos".

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