El Ministerio de Defensa da un paso adelante en la aplicación de la Ley Trans y modifica su orden interna de permisos y vacaciones para incluir a las militares trans gestantes en la misma categoría de “militar embarazada” o “madre biológica”, adquiriendo así las mismas condiciones que éstas, tal y como consta en una resolución consultada por Vozpópuli. De este modo, el departamento dirigido por Margarita Robles aplica la normativa del Estatuto Básico del Empleado Público, que en febrero de 2023 incorporó estas mismas acepciones y sus consecuentes aplicaciones entre el funcionariado español.
La modificación aprobada por el Ministerio de Defensa se hizo oficial este miércoles, 13 de marzo, y supone una nueva redacción de la orden interna DEF/253/2015, que regula el régimen de vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias de los miembros de las Fuerzas Armadas.
La disposición general detalla que “las recientes modificaciones introducidas en el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) reclaman una modificación de la mencionada orden ministerial”, con el objetivo de “mejorar las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y profesional del militar y fomentar la corresponsabilidad”.
"Se incorporan las modificaciones del TREBEP introducidas, por la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI", detalla el Ministerio de Defensa, en referencia a la legislación impulsada por el Ministerio de Igualdad, entonces en manos de Irene Montero; más conocida como Ley Trans.
Con este cambio, el Ministerio de Defensa asume que los términos “madre biológica” y “militar embarazada” incluyen a las personas trans gestantes, “a fin de que puedan ejercer el derecho a los mismos permisos”.
También especifica que en orden actualizada se “corregirán” algunos aspectos formales como la denominación de los permisos por nacimiento, por adopción y guarda con fines de adopción o acogimiento: “En algunos preceptos se seguían citando como permisos de maternidad o paternidad, que actualmente es una terminología desfasada”.
Los términos «madre biológica» y «militar embarazada» incluyen a las personas trans gestantesNueva redacción de la orden interna del Ministerio de Defensa
Así, Defensa incluye en su orden interna una serie de nuevos párrafos para especificar que términos como “militar embarazada”, “madre biológica”, o “la militar en estado de gestación” incluyen también al “personal militar trans gestante”: “De este modo, se especifica que los términos «madre biológica» y «militar embarazada» incluyen a las personas trans gestantes, a fin de que puedan ejercer el derecho a los mismos permisos”, especifica la nueva redacción de la normativa.
Otros cambios de Defensa
La de las militares trans gestantes no es la única modificación que el Ministerio de Defensa incluye en su orden interna. El departamento que dirige Margarita Robles establece que el derecho de reducción de jornada por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave es objeto de nueva regulación que clarifica los criterios que permiten prolongar el derecho hasta que el menor cumpla 23 años y recoge la posibilidad de extenderlo hasta los 26 años, en caso de discapacidad igual o superior al 65 %.
También amplía el permiso por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica a aquellos supuestos en que la persona afectada conviva con el militar y requiera de éste el cuidado efectivo, sin necesidad de ningún tipo de parentesco o afinidad entre ellos; mientras que el permiso de matrimonio se extiende a los casos de formalización de parejas de hecho, para que las parejas de hecho puedan también disfrutar de los 15 días de permiso.
Además, Defensa incorpora el nuevo permiso parental de una duración de hasta ocho semanas para el cuidado de hijo, hija o menor acogido, hasta que el menor cumpla 8 años, en los mismos términos que el resto de funcionarios de la Administración General del Estado.
Por último, tras la actualización de esta orden, los militares de tropa y marinería que se encuentren cercanos a la finalización del compromiso de larga duración por edad podrán ampliar la exoneración de guardias y servicios de 24 horas para asistencia a cursos de formación, hasta la realización de dos cursos académicos completos.
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