El objetivo de la Dirección General de Tráfico (DGT) es mejorar "el comportamiento y formación de los usuarios de las vías, y de la seguridad y fluidez de la circulación de vehículos y la prestación al ciudadano de todos los servicios administrativos relacionados con las mismas", según informan en su página web.
Para garantizar la seguridad vial, no solo durante la circulación de vehículos en carretera sino también cuando estos están estacionados, la DGT tiene establecidas una serie de sanciones. Muchas de estas multas resultan desconocidas para gran parte de los conductores.
Por ello, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recopilado los motivos por los que la entidad pública puede poner multa y que probablemente no conocías.
Las sanciones que puede poner la DGT aunque el coche esté aparcado
La DGT no es la única que tiene la obligación de velar por la seguridad vial, los conductores también deben respetar las normas para asegurar el bienestar del resto de vehículos y de los viandantes que puedan haber en la calle.
Entre esta serie de multas se encuentran algunas curiosas que pocos conocen. La cantidad de ropa que llevas al conducir puede suponer un factor clave. Conducir con demasiada o muy poca ropa puede traducirse en una sanción.
Sí es cierto que el Reglamento General de Circulación no especifica la cantidad de ropa exacta que hay que llevar a la hora de conducir, pero sí explica que es necesario tener libertad de movimiento. Si un agente interpreta que lo que llevas puesto no proporciona dicha libertad, podría ponerte una multa de entre 80 y 200 euros.
Otra de las sanciones de la DGT es tirar objetos por la ventanilla. Muchos han tirado alguna colilla por la ventanilla del coche, pero, de acuerdo con el Reglamento, esto supondría una penalización de 6 puntos del carnet de conducir además de una multa de 500 euros.
Y no es simplemente tirarlos por la ventanilla. Depositar objetos que puedan ser peligrosos en la vía pública que puedan entorpecer el tránsito o estacionamiento de personas y vehículos se incluye dentro de esta sanción.
Si mientras conduces estás sujetando el móvil con la mano, aunque no lo estés utilizando podrían multarte con 200 euros y 6 puntos del carnet. Tampoco se puede comer cuando se está al volante. El agente puede interpretar que esto afecta a la atención del conductor y sancionarle con 80 euros de multa. Tocar el claxon sin una razón justificada también es sancionable con 80 euros.
Cuidado con dejar estacionado el coche varios días en el mismo sitio porque esto también se traduce en una infracción. En este caso no habría sanción pero sí supondría que la grúa municipal se llevase el vehículo al depósito ya que varios municipios tienen impuesto un límite de tiempo de estacionamiento en la calle.
Con 1.000 euros de sanción, una de las multas más impactantes que puede poner la DGT es por lavar el coche en la calle. Lo mismo ocurre con cambiar el aceite. Esto depende de los ayuntamientos, pero, de acuerdo con el Reglamento General de Circulación, esto está prohibido.
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