El jefe del Estado Mayor de la Defensa (Jemad), almirante Teodoro López Calderón, ha redactado un documento interno para el Ejército, al que ha tenido acceso Vozpópuli, en el que fija cómo deben realizarse detenciones cuando los militares se conviertan en agentes de la autoridad. Un escenario que se vivió en el último asalto migratorio de mayo en Ceuta, cuando la Legión fue desplegada en la playa del Tarajal y ayudó a las fuerzas del orden en las devoluciones en caliente de ciudadanos marroquíes.
El informe de 106 páginas, titulado 'Marco legal para el empleo de las Fuerzas Armadas', ha sido redactado en junio y coincide temporalmente con la alerta lanzada por el Ejército sobre la amenaza que se cierne sobre la soberanía española en diversos enclaves ubicados en el Estrecho de Gibraltar y en las inmediaciones de Ceuta y Melilla; puntos, todos ellos, reivindicados como propios por Marruecos.
En el documento del Jemad -leer abajo- se hace hincapié en que la actuación de las Fuerzas Armadas tiene que ajustarse "a principios legales, éticos y doctrinales" en cualquier situación. También se recuerda que el marco legal que regula su empleo dentro del Ejército lo conforma "la Constitución, las leyes, las directrices emitidas por el Gobierno, el Derecho Internacional Humanitario (DIH) y los acuerdos suscritos por España".
Marco legal de las FFAA by Vozpopuli
El Jemad incide en que entender el marco legal de cada operación es "esencial" para el adecuado desarrollo de las mismas y que, por tanto, resulta "fundamental" tener en cuenta el enfoque jurídico "predefinido" para poder garantizar la cobertura legal de la fuerza militar. De ahí la importancia de la figura del asesor jurídico dentro del Ejército para solventar las dudas.
El máximo responsable de los ejércitos reitera que el ejercicio "legítimo" de la fuerza militar por parte del Estado está sometido, en todo caso, al "imperio de la ley". Y que para ello se tienen que cumplir una serie de principios: los de legalidad -las FFAA no son una excepción dentro del Estado de derecho-, legitimidad -se actúa conforme a la ley-, jerarquía normativa -hay una prelación en el orden de aplicación de las normas-, soberanía -como defensa "exclusiva y excluyente" de cualquier injerencia extranjera- y empleo de la fuerza -de manera "progresiva" y conforme al principio de legalidad-.
Sobre la participación del Ejército en detenciones, López Calderón subraya que es responsabilidad de los comandantes el "extremar" las medidas de precaución para que aquellos que vayan a desempeñar "funciones y cometidos" de agente de la autoridad posean "la formación suficiente y necesaria" para desplegar un "trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos, a quienes procurarán auxiliar y proteger, siempre que las circunstancias lo aconsejen o fueren requeridos para ello".
"En todas sus intervenciones, los miembros de las FAS con el carácter de agentes de la autoridad proporcionarán información cumplida, y tan amplia como sea posible, sobre las causas y finalidad de estas. En el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria, y sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable, rigiéndose al hacerlo por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance", resume el Jemad.
El Ejército ante el uso de armas
Los militares que se conviertan en agentes de la autoridad solamente deberán utilizar las armas en las situaciones en que exista "un riesgo racionalmente grave para su vida", su integridad física o la de terceras personas. O en aquellas circunstancias que puedan suponer un "grave riesgo" para la seguridad ciudadana y "con sometimiento" a los principios de "congruencia, oportunidad y proporcionalidad".
Llegado el caso de tener que detener a alguien, los militares deberán informar "con rapidez" de las razones de su detención "en un idioma que entiendan", así como de sus derechos y deben tener acceso a asistencia legal "cuando sea factible".
"Debe respetarse el derecho a la protección diplomática y consular de los detenidos que tengan una nacionalidad distinta a la del Estado donde se haya practicado la detención, de conformidad con lo establecido en las Convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares", se advierte a continuación.
Además, todas las personas detenidas "serán, bajo cualquier circunstancia, tratadas humanamente y con respeto a su dignidad", sin distinción basada en raza, color, religión o fe, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, sexo, nacimiento, riqueza u otro estatus similar. "La tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes están prohibidos", hace hincapié el Jemad.
"Únicamente es posible transferir un detenido a otro Estado o autoridad, según las obligaciones de Derecho internacional suscritas por España", puntualiza el almirante López Calderón en un párrafo que parece referirse al último asalto marroquí. "Se debe asegurar que el detenido transferido no sufre riesgo real de ser tratado de una manera que atente contra las obligaciones de Derecho internacional, relativas al tratamiento humano y al proceso legalmente establecido", añade.
Defensa de la integridad territorial
En cuanto a la garantía de la soberanía y la independencia de España, el Jemad incide en el "efecto disuasorio" que tienen las Fuerzas Armadas y hay un punto específico -el 200- sobre la defensa de la integridad territorial por parte del Ejército que alude a las veleidades secesionistas en lugares como Cataluña.
En este sentido, se deja claro que el Ejército impedirá "todo tipo de agresión, ataque o actuación, externa o interna, que tenga por finalidad alterar, modificar o suprimir el territorio español en su conjunto, al margen de los cauces legales previstos en nuestro ordenamiento jurídico".
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