Cuatro cuadros de Francisco de Goya con un valor de 10 millones de euros. Esto fue lo que aportaron Salvador y Joaquín al capital social de una empresa a cambio de un porcentaje de acciones. Corría 2012 y juntos querían comprar un hotel para remodelarlo y convertirlo en un hospital. Posteriormente, Antonio suministró 500.000 euros con la intención de sumarse al proyecto.
Al final, las pinturas resultaron falsas, la construcción no se llevó a cabo y Antonio demandó a los demás inversores por haberle estafado el medio millón de euros. La Justicia, sin embargo, ha absuelto a los acusados al considerar que no es evidente para una persona que no es experta en arte determinar que los cuadros eran falsos.
Cuatro cuadros
Retrato de un caballero, Retrato de una señora, Retrato de una mujer y Adoración de la Sagrada Forma. Antonio sospechó de la autenticidad de las obras en mayo de 2013, un mes después de realizar las transferencias. Y tenía razón.
Ese mismo mes, el día 21, los expertos del Museo del Prado hicieron constar en un informe que los cuadros no habían sido pintados por el artista aragonés, hecho que estaba siendo investigado por la Brigada de Delitos contra el Patrimonio. Pero ya era tarde: los Goya habían sido presentados un mes atrás como parte del capital social y en aquel momento ninguno de los dueños tenía conocimiento de que estaba en marcha la investigación, ni de que los óleos eran falsos.
No es tan patente para una persona profana en la materia determinar que los cuadros eran falsos"
La Fiscalía pedía penas de hasta tres años de prisión al considerar que todos los integrantes de la sociedad "eran conocedores de que no eran auténticos" y los aportaban para dar "apariencia de solvencia" a la empresa.
Finalmente, la Audiencia Provincial de Madrid, en una sentencia recogida por Vozpópuli, ha determinado que no consta que los acusados tuvieran "conocimiento cabal" del valor de los cuadros cuando los ofrecieron. Y ha subrayado que no se puede probar que su intención, desde el principio, fuera la de "no cumplir con lo acordado", por lo que han resultado absueltos.
"No se cumplen los requisitos de estafa"
El tribunal ha estimado que tanto Salvador como Joaquín realizaron la compra de acciones "en base a la autenticidad de dichos cuadros" y que en ningún momento hasta la firma de la escritura se les comunicó que las obras estaban bajo investigación.
La Justicia ha desestimado la estafa al considerar que el hospital no se construyó por la falta de inversores y no porque fuese un proyecto ficticio. "Nos encontraríamos ante un dolo civil y no penal", han subrayado los magistrados en la sentencia tras explicar que solo se puede hablar de estafa cuando el acusado conoce desde un principio la imposibilidad de cumplir lo que ofrece o que pudiendo cumplirlo, no lo haga.
"No se cumplen los requisitos del delito de estafa y se procede dictar una sentencia absolutoria sin perjuicio del derecho del querellante de reclamar lo invertido en la vía civil", ha asegurado el tribunal. Contra esta decisión cabe interponer recurso de casación. Y queda abierta la vía civil para reclamar los 500.000 euros.
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