El Juzgado de Instrucción 3 de Cornellà de Llobregat (Barcelona) se ha inhibido en favor de la Audiencia Nacional en la causa que instruía sobre el 1-O, al considerar que existen indicios de un presunto delito de sedición contra ocho mandos de la cúpula de los Mossos d'Esquadra, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Los mandos que aparecen en el auto, y que elaboraron las pautas de actuación del dispositivo para impedir el referéndum, fueron el entonces mayor Josep Lluís Trapero --ya investigado por la Audiencia--, los comisarios superiores Ferran López --actual jefe del cuerpo-- y Joan Carles Molinero; otros dos comisarios, dos intendentes y la jefa de asesoramiento jurídico.
El Juzgado, que da por concluida la instrucción, cree que la cúpula de los Mossos presuntamente cometió un delito de sedición con las "pautas de actuación" de obligatorio cumplimiento para todos sus miembros, que perseguían su incapacidad e inacción con el fin de permitir la celebración del referéndum de independencia, según el TSJC.
En su auto, recogido por Europa Press, el juez atiende a la petición de la Fiscalía de enviar la causa a la Audiencia Nacional para que decida, porque los hechos cometidos por la Jefatura de Mossos "con intención de atacar directamente la forma de gobierno de la Nación" no se limitan a un partido judicial sino a toda Cataluña.
El juez --que incoó diligencias de oficio-- asegura que el dispositivo diseñado por la Jefatura de los Mossos d'Esquadra para el 1-O "se dirigió directa e inmediatamente a evitar el cumplimiento de la orden" del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de impedir el referéndum y cita un informe de la Guardia Civil que insiste en que el dispositivo se elaboró a sabiendas que iba a naufragar, en sus palabras.
Asegura que camuflaron estas intenciones "bajo la apariencia de una preferente aplicación de los criterios de congruencia, oportunidad, proporcionalidad, paz social y convivencia e invadiendo así las funciones del Poder Judicial", puesto que a la Policía Judicial solo le corresponde cumplir las órdenes y no valorar las mismas, advierte.
"No son jueces ni intérpretes de jueces, sino cumplidores de las órdenes de los jueces, sin que puedan arrogarse la potestad de decidir cuál es el mal mayor a evitar, como se pretendió realizar por la policía catalana", reprocha.
DIERON FIESTA A ANTIDISTURBIOS
Ha criticado que no existe explicación lógica a que ese día se permitieran vacaciones y fiestas a un número importante de unidades antidisturbios y que ni siquiera usaran las que estaban de servicio: "Es inexplicable que se llamara al servicio a la mitad del cuerpo, unos 7.500 efectivos, cuando consta de 17.000" y en unas elecciones trabajan 12.000.
También ha cuestionado que solo se enviara una patrulla de dos agentes por colegio "cuando era notorio y conocido que se agolparían cientos de votantes" y que los centros de coordinación regionales y central omitieran continuadamente el envío de ayuda.
Según el juez, es incomprensible que no adelantaran su actuación cerrando los centros de votación hasta 36 horas antes para evitar "el más que seguro incumplimiento de la resolución judicial", ya que a su juicio, actuando antes, se hubiera preservado la paz social.
Por todo ello, considera que hay una "intención torticera" en el plan diseñado por la cúpula de Mossos y apunta, además del mayor Trapero, a otros siete mandos que participaron en la redacción de las 'pautas de actuación' para el 1-O.
Se trata de los entonces comisarios superiores de Coordinación Territorial y Central --López y Molinero--, el comisario jefe de Planificación de la Seguridad, otro comisario de la Jefatura de Mossos, dos intendentes y la jefa del Servicio de asesoramiento jurídico de la Dirección General de los Mossos.
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