España

La Fiscalía rechaza investigar a Ábalos por el Delcygate: lo ve "un acto diplomático"

“No olvidemos que la citada vicepresidenta no llegó a entrar en territorio español, sino que se mantuvo en la zona de tránsito”, dice un informe del ministerio público remitido al Supremo

  • José Luis Ábalos, ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y Delcy Rodríguez, vicepresidenta de Venezuela

La Fiscalía se opone a que el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, sea investigado en el Tribunal Supremo por su encuentro secreto en enero con la vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez, que desveló Vozpópuli. En un escrito al que ha tenido acceso este periódico, el ministerio público que dirige la exministra Dolores Delgado argumenta que las acciones emprendidas por tres partidos políticos se basan en informaciones periodísticas. Añade que no hay pruebas que demuestren que la intervención de Ábalos fuera “más allá de lo estrictamente diplomático” y da por buena la versión del Gobierno de que la mandataria no llegó a pisar suelo español, sino que permaneció en zona de tránsito del aeropuerto de Barajas.    

“Desconocemos, puesto que en las querellas no consta, si el querellado, pese a su presencia en el lugar de los hechos durante cierto tiempo, tomó alguna decisión, es decir, no se individualiza la conducta concreta (...) Tampoco existen indicios de que su supuesta intervención fuera más allá del ámbito estrictamente diplomático, ausencia de indicios que no permite adentrarnos en el campo del delito”, dice el documento firmado por la fiscal Ángeles Guillón. La Fiscalía es un cuerpo jerárquico que depende de la fiscal general del Estado, aunque Delgado ha asegurado en varias ocasiones que no interviene en los asuntos que afectan a sus excompañeros de Gabinete. 

Su Departamento defiende que, “para decretar la inadmisión de las querellas acumuladas, bastaría constatar la forma o planteamiento de las mismas, basadas exclusivamente en artículos de prensa (especialmente de Vozpópuli, edición digital) y en la declaración notarial de un trabajador que ni siquiera especifica su puesto de trabajo". Se refiere a la declaración prestada por un guardia de seguridad privada que decía haber prestado servicio la noche de los hechos en la terminal de vuelos privados y confirmó la información adelantada por este periódico.

"No llegó a entrar"

"No olvidemos que además y al parecer, la citada vicepresidenta no llegó a entrar en territorio español, sino que se mantuvo en la zona de tránsito hasta que partió en avión con destino fuera del espacio europeo y que conforme con el Reglamento Europeo y Consejo de 14 de noviembre de 2018, los ciudadanos de Venezuela están exentos de visado", añade la Fiscalía. Según todas las fuentes consultadas, Ábalos subió al avión, se entrevistó con Delcy Rodríguez, que después bajó del aparato y se desplazó hasta la sala VIP de la terminal de vuelos privados donde permaneció durante horas hasta que tomó un vuelo con destino a Doha (Catar).   

Por estos hechos se querellaron en el Tribunal Supremo Vox y en primer lugar una formación llamada Partido Laócrata. Acusaban a Ábalos de un delito de prevaricación al haber permitido hacer escala en España a la dirigente bolivariana cuando tiene prohibido su paso por territorio europeo desde 2017 por orden del Consejo de la Unión Europea, que le acusa de violar derechos humanos en su país. Una prevaricación de este tipo se castiga con una inhabilitación de hasta 15 años, según el artículo 404 del Código Penal.

La formación que lidera Santiago Abascal planteó también una posible omisión del deber de perseguir delitos y usurpación de atribuciones, pero el informe fiscal zanja que lo hace “sin fundamento alguno”. Estos dos delitos están castigados en el Código Penal con una inhabilitación de hasta dos años o una pena de cárcel de hasta tres años, respectivamente. Además, Ciudadanos presentó por su parte una denuncia ante la Fiscalía General del Estado, que también queda despachada con este escrito con fecha del pasado jueves. Responde así a la petición de información que le hizo el Supremo antes de tomar una decisión definitiva sobre si abre una causa penal o archiva el caso.  

Se desconoce quién tomó la decisión

El informe tampoco tiene en cuenta las diferentes versiones que Ábalos ofreció de unos hechos que inicialmente trató de ocultar cuando fue consultado por este periódico. "Eso no es suficiente para concluir que actuó a sabiendas de la presunta injusticia", dice. A su entender, “los querellantes, al margen de sus opiniones y sospechas, no concretan cuál es la resolución injusta y arbitraria” dictada por Ábalos “ni siquiera cuáles son los indicios racionales de la participación del ministro en la decisión que cuestionan, desconociéndose quién la tomó”. 

En sus argumentos, la Fiscalía sostiene que para actuar contra Ábalos en este caso haría falta algo más que el desconocimiento por parte del ministro de la decisión del Consejo de la Unión Europea, lo cual sería más propio de la vía contencioso administrativa. Pero para la vía penal “se precisa un importante plus que en esta sede no ha sido acreditado siquiera indiciariamente”.

La Fiscalía, cuyo dictamen no es vinculante, fija así su posición respecto a tres de los frentes judiciales que se le abrieron al ministro tras la publicación de su encuentro con la mandataria venezolana en el aeropuerto de Barajas. Al mismo tiempo, traslada toda la responsabilidad al Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid donde también se investigan estos hechos, en este caso por las denuncias presentadas por el PP por la presunta responsabilidad de los policías del aeropuerto. 

La Fiscalía del Tribunal Supremo se remite a esa otra investigación para que en el caso de que en ella se encuentren posibles delitos cometidos por Ábalos eleve una exposición razonada al Supremo debido a su condición de aforado como ministro. No obstante, le recuerda que “no basta la mera imputación personal”, sino que “debe investigar hasta encontrar indicios fundados”. “De ahí que sea menester que existan suficientes indicios de responsabilidad contra la persona aforada”, concluye.

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