Denuncias genéricas, casos duplicados e "inexistencia de irregularidades". La fiscalías provinciales han acordado archivar causas contra residencias, centros médicos y funerarias. Desde que se decretara el estado de alarma por el coronavirus el pasado 14 de marzo, el ministerio público ha recibido denuncias y ha abierto investigaciones por la vía civil y la vía penal. En algunos casos, sin embargo, ha estimado pertinente dar el carpetazo tras la práctica de diligencias.
En el caso de las residencias, que es donde se ha registrado una mayor volumen de denuncias, el departamento dirigido por Dolores Delgado ha contabilizado 17 investigaciones civiles archivadas desde el 25 de mayo "como consecuencia de haberse comprobado la inexistencia de situaciones de desatención, desamparo o irregularidades en las residencias objeto de seguimiento".
La Fiscalía General del Estado anunció los primeros archivos por estos motivos el 27 de mayo. En aquel momento se computaron 11 archivos: tres en Ciudad Real, seis en Mataró-Arenys de Mar, una en Navarra y una en el Área de Elche-Orihuela. A la semana siguiente, el informe con datos 1 de junio registró el sobreseimiento de dos diligencias de índole civil, ambas en Alcoy. Esta semana, el reporte a fecha 10 de junio contabilizó otros cuatro archivos: tres en la Fiscalía Provincial de Valencia y uno en el Área de Elche-Orihuela.
A estos carpetazos se suman también los que se han dado a las denuncias presentadas por partidos políticos contra residencias durante la pandemia. Al menos una docena de escritos fueron desestimados por el Ministerio Público al considerar que se trataba de "denuncias genéricas" que no aportaban datos o "hechos concretos cometidos por personas determinadas".
Según los datos del Ministerio Público, a 10 de junio permanecían abiertas alrededor de 200 diligencias de índole civil y 186 de tipo penal sobre las residencias y centros de mayores distribuidos por el país.
"No tienen tipificación penal"
En el marco de las acciones judiciales interpuestas en el estado de alarma también se han registrado escritos contra la gestión de las funerarias. El 24 de marzo, la Asociación del Defensor del Paciente presentó una denuncia contra la Funeraria de Madrid por "negarse" a dar el servicio a los fallecidos por la covid-19. Esta semana, la Fiscalía Provincial de Madrid ha archivado las diligencias de investigación.
El Defensor del Paciente alegaba que los fallecidos pagaron durante toda su vida para tener el servicio de la funeraria el día de su muerte y reclamaba la devolución del dinero a los familiares. A su juicio, no era causa "exculpable ni suficiente para eludir su responsabilidad que se diga que hasta no tener material necesario no se daría este servicio".
El Ministerio Público ha considerado que los hechos relatados "no tienen tipificación penal ni tampoco relevancia jurídico penal". En este sentido, ha explicado al Defensor del Paciente que se trata de un caso de "incumplimiento contractual propio de la jurisdicción civil" en el que cada uno de los afectados deberá realizar la reclamación. Ha precisado, sin embargo, que hay que tener en consideración "aquellos casos de fuerza mayor ajenos a las partes que hagan de imposible cumplimiento temporal, o de cese temporal de las contraprestaciones".
Responsabilidad penal médica
La Fiscalía de Madrid también ha archivado esta semana otra denuncia de la asociación. En este caso, una relativa a la muerte de siete personas a consecuencia del coronavirus en el servicio de diálisis de una fundación renal de la comunidad autónoma. En este caso, el Ministerio Público ha acordado el archivo al considerar que no ha quedado acreditada la existencia del delito de homicidio imprudente ni el de omisión del deber de socorro.
El Defensor del Paciente pedía que se depuraran las posibles responsabilidades derivadas de la actuación del centro médico relacionadas con las medidas de seguridad empleadas. La Fiscalía ha explicado que en el ámbito de la responsabilidad penal médica, "solo" es posible calificar una actuación médica como penalmente reprochable "cuando en el tratamiento médico o quirúrgico efectuado al paciente incide en conductas descuidadas de las que resulte un proceder irreflexivos".
En este sentido, ha precisado que el reproche de culpabilidad viene dado "no tanto por el error, si le hubiere, sino por la dejación, el abandono, la negligencia y el descuido de la atención que aquel requiere y se ha de basar en una culpa incontestable". Se prevé que en las próximas semanas, el Ministerio Público continúe resolviendo -a favor en contra- la batería de diligencias pendientes contra otras residencias, centros médicos y funerarias.
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