España

La Fiscalía rechaza investigar a la ministra Belarra por los sobresueldos de Neurona

La Fiscalía ha presentado cinco escritos de impugnación ante el Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid, que investiga el denominado 'caso Neurona', en relación con diferentes peticiones instadas por

La Fiscalía ha presentado cinco escritos de impugnación ante el Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid, que investiga el denominado 'caso Neurona', en relación con diferentes peticiones instadas por las acusaciones populares entre procedimiento. Así, se opone a determinadas pruebas relacionadas con el que fuera fundador de Podemos Juan Carlos Monedero y también a la investigación de la actual ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, en relación con el asunto de los sobresueldos ya rechazado por el juez del caso.

La Fiscalía rechaza la solicitud de Vox de requerir los libros contables entre 2017 a 2020 del administrador de Neurona Comunidad, Elías Castejón, investigar el movimiento de sus cuentas corrientes y otras relacionadas con los ingresos del que fuera fundador de Podemos Juan Carlos Monedero.

El Ministerio público considera que algunas de estas diligencias son "claramente innecesarias", mientras que las referidas a "no son objeto de este procedimiento", según una nota emitida por la Fiscalía de Madrid que resume estas actuaciones.

En un segundo escrito, la fiscal del caso impugna el recurso de reforma interpuesto por la ex senadora de Podemos Celia Cánovas, personada igualmente como acusación, contra el auto por el que el juez Juan José Escalonilla acordó el sobreseimiento provisional en relación con la investigación de los sueldos de la gerente y tesorero de dicha formación política.

Sin indicio de delito

La Fiscalía insiste en que "no existe indicio alguno del delito de administración desleal denunciado" y en que "lo mismo puede decirse en relación al reembolso de gastos respecto de los que no existía indicio alguno de su ilicitud", tal y como señaló el juez en su resolución.

Añade que dado que la normativa del partido atribuye a la gerencia la gestión de recursos humanos y gestión patrimonial, "existen dudas razonables de la tesis de la ahora recurrente considerando además la intervención de la gerente en los órganos económicos del partido".

Además, reseña que "aun cuando la gerente se hubiera extralimitado de sus funciones, el delito de administración desleal exige un perjuicio que en este caso no se ha determinado dado que el partido no se considera como tal a lo que se une que consta certificado del partido aprobando los complementos según sus normas internas".

Un debate ético

Asimismo subraya que la cuestión relativa a si es o no ético o si se incumplieron las normas internas "podrá ser discutido en otros foros pero desde luego no en el ámbito de una investigación judicial".

Por ello explica que la petición de extender la imputación a toda la ejecutiva de Podemos evidencia que el interés de la recurrente "excede" del ámbito de esta investigación.

"Y lo mismo puede decirse de la imputación de Ione Belarra --actual ministra de Derechos Sociales-- firmante del certificado del partido en relación a la irregularidad de los complementos", afirma el escrito del fiscal.

Impugna igualmente la Fiscalía el recurso de reforma interpuesto por Vox contra el auto que acordó el sobreseimiento provisional en relación con la investigación de los sueldos de la gerente y tesorero de Podemos.

Respecto a este punto, apunta la fiscal que el auto recurrido recoge que los estatutos de la formación permitían a la gerente crear nuevos complementos salariales y que dichos complementos fueron aprobados por los órganos internos del partido de conformidad con sus normas internas. "En consecuencia, no existe indicio alguno del delito de administración desleal denunciado", precisa.

Tiene la misma opinión sobre la inexistencia de delito en relación al reembolso de gastos respecto "de los que no existía indicio alguno de su ilicitud".

Es más, afirma que "no deja de extrañar" que cuando ha venido manifestando reiteradamente que sea la acusación popular la que ve indicios de delito de administración desleal cuando el perjudicado, el propio partido político, no se considera como tal.

Y lo hace sobre la base de desconfiar de los representantes del partido que certifican el cumplimiento de la normativa interna, solicitando incluso en el escrito de reforma, se considere a Ione Belarra (quien certifica la regularidad de los complementos) como investigada por delito de encubrimiento o estafa procesal".

Impugna igualmente el fiscal el recurso de Podemos contra el auto del juez en que se acordaba la práctica de diligencias a la luz de la documentación aportada por la ex responsable de cumplimiento normativo de dicha formación Mónica Carmona, una de las ex empleadas de la formación cuya denuncia dio origen al procedimiento.

Para la Fiscalía, "no cabe duda que mucha de la documentación aportada debe ser expulsada del procedimiento por cuanto ninguna relación guardan con el mismo". Ahora bien, entiende que es "preciso" un pronunciamiento sobre los hechos que constituyen ampliación de la denuncia.

En concreto, sobre si revisten caracteres de delito y si deben ser investigados en este procedimiento tres hechos concretos: las cuestiones relativas al abono de las costas que miembros del partido estaban cobrando en procedimientos particulares cuando les habían representado profesionales del partido, la contratación para servicios personales por parte de Irene Montero a trabajadores del partido y las donaciones a la escuela Pablo Freire y a la Fundación 25M.

El auto recurrido por Podemos ya resolvió la formación de procedimientos diferentes en vez de abrir una pieza separada como solicitó la Fiscalía.

Pese a ello, el Ministerio Público afirma que dicha resolución "no es ajena a los fines pretendidos con nuestro escrito ni infringe precepto penal alguno como sostiene el escrito de apelación".

Finalmente, la Fiscalía se opone a la petición de Vox de incluir a la investigación varios documentos aportados por una testigo relativos a expedientes sobre la contratación o el uso fraudulento de los fondos de la caja de solidaridad.

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