La Fiscalía Provincial de Madrid ha pedido el sobreseimiento provisional de la denuncia interpuesta por un presunto delito de prevaricación administrativa contra el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, y los mandos policiales que ejecutaron sus órdenes durante las protestas de Ferraz. El Ministerio Público considera, tras analizar varios vídeos adheridos recientemente a la causa, que no se ha aportado nada nuevo que justifique su cambio de criterio, respecto al informe presentado el pasado 5 de febrero.
La denuncia interpuesta por la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces señala que la intervención de la Policía contra los manifestantes "no se ajustó a derecho". Los denunciantes califican que los hechos acontecidos en Ferraz son consecutivos de un delito de disolución ilegítima de una reunión pacífica, prevaricación, lesiones y un delito de tortura y contra la integridad moral.
A lo largo del escrito, al que ha tenido acceso Vozpópuli, la Fiscal designada en el caso analiza un total de tres grabaciones, aportadas por los denunciantes, en las que puede verse el lanzamiento de gases lacrimógenos. El Ministerio Público reconoce el uso de este tipo de herramientas disuasorias, aunque describe que la poca visibilidad del ambiente hace que no sea "visible quién los expande".
Asimismo, respecto a uno de los vídeos al que ha tenido acceso este medio, Lorena Álvarez Taboada describe a "un grupo de gente manifestándose y cómo vuela una bengala, no siendo visible quién la lanza". No obstante, los denunciantes mantienen que el objeto que se observa en la grabación, el cual deja un rastro de humo en el cielo, se trata de un bote de gas lacrimógeno.
¿Quién lanza los gases lacrimógenos?
Posteriormente, la Fiscalía recoge la presencia de personas mayores que, manifestándose pacíficamente, aparecen "asustadas por los gases" y "gente que llora por los gases". Sin embargo, el Ministerio Público vuelve a reiterar su posición y desvincula a la Policía con el uso de estos dispositivos: "no es visible quién los expande".
Respecto a una tercera grabación, la Fiscal hace especial hincapié en cómo los manifestantes que aparecen en las grabaciones aportadas insultando a los agentes de la UIP. "Se oye a manifestantes decir que les gasean, gritar 'hijos de puta' a la Policía, que no tienen respeto. Sólo se ve a agentes de la Policía intentando que no se sobrepase la valla de contención. No se ve si alcanzan a alguien", detalla el escrito.
Entre las pruebas aportadas por las denunciantes se encuentra un audio de la cadena COPE, en el que Carlos Herrera entrevista a Ibon Domínguez, representante del sindicato policial JUPOL. En dicha entrevista, ambos interlocutores ponen de manifiesto su opinión y explican que "creen que la decisión de usar gases fue política y no operativa". Al respecto, la Fiscalía añade que "ninguno de los interlocutores se encontraba en el lugar" de los hechos , lo que no supondría una prueba de comisión de delito.
Fiscalía insiste en que no se han aportado partes de lesiones
El Ministerio Fiscal resalta que los hechos que deben ser objeto de investigación, atendiendo a lo recogido en la denuncia, son "la actuación del delegado del Gobierno y los mandos de la UIP en la concentración el 6 de noviembre en Ferraz". En consecuencia, explica que en dicho escrito no se aportó ni Resolución del Delegado del Gobierno, ni partes de lesiones de ninguna persona que tomara parte de la concentración.
"No consta la existencia de lesionados, ni se aportan testigos que puedan referir la existencia de desproporción policial", anota la fiscal. Seguidamente, justifica su petición de archivo en que en la denuncia inicial se aportaron, "exclusivamente", informaciones periodísticas como principio de prueba.
En este sentido, recurre a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según la cual "la mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no se puede justificar sin más la apertura de un procedimiento penal". Es necesario, apunta la Fiscalía, aportar algún indicio añadido de su comisión que pueda ser calificado como "accesible y racional".
"Desproporcionada actuación policial"
La Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces apunta en su denuncia a una "desproporcionada actuación policial" y defiende que los protestantes están amparados por los derechos de concentración, reunión y manifestación. El escrito que inició la causa que sigue que el Juzgado de Instrucción Número 49 de Madrid defiende que "las normas internas de intervención policial, establecen específicamente que el uso de estos gases lacrimógenos no está permitido frente a meras aglomeraciones de personas". Y que sólo estaría justificado ante agresiones "violentas" a la fuerza interviniente y "situaciones de emergencia.
Según los denunciantes, los agentes desplegados en Ferraz habrían hecho uso de dispositivos de tipo ATF de ocultación y gases AT lacrimógenos, los cuales tendrían un "carácter lesivo -que puede provocar problemas de salud en personas con antecedentes respiratorios".
En lo relativo a la proporcionalidad de las cargas policiales ante las protestas del pasado noviembre en Ferraz, según informó en exclusiva este medio, el Defensor del Pueblo ha admitido a trámite una queja presentada por el supuesto abuso de materiales antidisturbios y el presunto uso por parte de la Policía Nacional de técnicas prohibidas por el Cuerpo.
La institución reconoce en un escrito que ya se han iniciado las actuaciones oportunas ante la Dirección General de Policía para solicitar información sobre la actuación de la Unidad de Intervención Policial (UIP).
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