La Fiscalía complica la intención del Gobierno de beneficiar a Oriol Junqueras con la rebaja de la malversación. Los fiscales del procés han solicitado al Tribunal Supremo que mantenga intacta la pena a los líderes independentistas condenados por sedición en concurso medial con malversación, al considerar que prevalece la modalidad agravada de este último delito. Ello implicaría que se mantiene la misma condena de 13 años de inhabilitación para el líder de ERC.
En su escrito, al que ha tenido acceso Vozpópuli, los fiscales del Tribunal Supremo abogan por mantener la condena que interpuso el alto tribunal en 2019. Así, apuestan por el mismo criterio adoptado con Carles Puigdemont y el resto de huidos de la Justicia y entienden que, tras la reforma del Código Penal, se les debe condenar por delito de desórdenes públicos agravados (figura que sustituye a la sedición) y malversación agravada.
Sin embargo, establecen una distinción entre los condenados únicamente por sedición de los que lo fueron por sedición en concurso medial con malversación. Para el primer grupo sí que contempla rebajas de las inhabilitaciones en tanto la sedición ha desaparecido, si bien para el segundo de ellos pide que se mantengan idénticas penas.
Se mantiene la pena a Junqueras
Así pues los peores parados de la reforma del Gobierno son Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Para ellos pide que se mantengan las inhabilitaciones de 13 años en el caso de Junqueras y 12 para los otros tres. Por contra, para los otros cinco condenados por únicamente por sedición sí se piden rebajas. Así, a Carme Forcadell se piden 9 años y meses de inhabilitación por desórdenes y desobediencia; a Joaquim Forn y Josep Rull 8 años y cinco años para los conocidos como 'los Jordis'.
No obstante, el hecho de que se rebajen las inhabilitaciones no quiere decir que el procés quede despenalizado. "La desaparición de los tipos penales de sedición no equivale a una despenalización", precisan y añaden: "Resulta evidente que los hechos consistentes en graves alteraciones del orden público que la sentencia declara probados no se han despenalizado, de manera que, si desaparece el delito de sedición, su encaje normativo apropiado son los desórdenes públicos".
Hay malversación agravada
En este caso la Fiscalía discrepa del juez Llarena en tanto el magistrado decidió, tras la entrada en vigor de la reforma penal, que no se podía acusar por delito de desórdenes públicos. Como informó este medio, los fiscales no se mostraban partidarios de hacer esta lectura del procés, en tanto alegan que ha quedado probado que existieron disturbios contra el orden público. No obstante, en lo que respecta a la malversación respaldan su lectura.
La Fiscalía rebate la reforma de la malversación del Gobierno y apunta que el ánimo de lucro no solo se integra por la obtención de un beneficio económico
"El hecho probado relata la apropiación y desvío por los penados de los fondos públicos a fines delictivos y/o ilegales al crear y procurar, mediante un Acuerdo del Gobierno y mediante contratos con distintos proveedores que se simularon para otras finalidades", indican y lanzan un recado al Gobierno al insistir en que no se puede diferenciar entre malversación con ánimo de lucro de aquella que no es para beneficio propio.
"El ánimo de lucro no solo se integra por la obtención de un beneficio económico propio para el autor o para un tercero, sino también por la consecución de cualquier otro beneficio, ventaja o satisfacción como sucede cuando apropiándose de los fondos públicos estos son destinados a fines delictivos", explica la Fiscalía. Además, recuerda que los condenados no integraron a las arcas públicas el dinero desviado para el 1-O.
El hecho de mantener la acusación de malversación en su modalidad agravada dificulta en gran medida la vuelta a la política de Oriol Junqueras. El Supremo les condenó en su mayoría por sedición en concurso medial con malversación. El Ejecutivo de Pedro Sánchez les indultó a todos ellos pero les mantuvo las inhabilitaciones. Las mismas están sujetas a la lectura que haga ahora la Sala de lo Penal del Supremo de la condena.
A la espera del TS
El tribunal que juzgó y condenó a 12 líderes del procés decidió dar traslado a las partes para que efectuaran alegaciones antes de pronunciarse sobre el asunto. Al respecto dio un plazo de 8 días hábiles que acaba de vencer. Algunos, como Oriol Junqueras, han respondido pidiendo su absolución y apelando a la reforma del Ejecutivo, mientras que la Fiscalía apuesta por la vía contraria y no ve motivos para cambiar las penas acordadas.
Las mismas oscilaban de los 13 años de cárcel a Junqueras a los 9 que se les impuso únicamente por sedición a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Solo tres de ellos fueron penados únicamente por desobediencia y fueron los exconsejeros Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó.
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