La Fiscalía ha solicitado al Supremo que rechace la querella de Vox contra el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlakska, por la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos al frente de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid aunque admite la opción de que "el cese no haya sido correcto".
El Ministerio Público ha remitido un escrito Alto Tribunal, al que ha tenido acceso Efe, en el que admite la competencia del Tribunal Supremo para investigarle pero pide la inadmisión y archivo de la querella por no ser los hechos constitutivos de delito.
Vox se querelló contra Grande-Marlaska por los delitos de prevaricación y obstrucción a la Justicia e hizo lo mismo contra el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, y la directora de la Guardia Civil, María Gámez, pero respecto a estos dos últimos la Fiscalía considera que el Supremo no es competente para investigarles.
Precisamente la Fiscalía recuerda que Vox expone los mismos hechos en esta querella que en aquella que interpuso contra Pérez y Gámez en los juzgados de Plaza de Castilla y que fue, destaca, inadmitida a trámite hace justo un año.
No obstante, en esta nueva querella contra la cúpula de Interior, la formación de Santiago Abascal añade la sentencia de la Audiencia Nacional que el pasado 31 de marzo anuló el cese de De los Cobos y condenó al Ministerio de Interior a su reingreso en el puesto.
El magistrado explica que su destitución se motivó por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento, todo ello en el marco de la investigación judicial por el 8M abierta en el juzgado 51 de Madrid, que había impuesto a Pérez de los Cobos el deber de reserva.
Pero la Fiscalía destaca en su informe que "no todo supuesto de nulidad administrativa, incluso por desviación de poder, supone la existencia de un delito", es más, "que se trate de un cargo de libre designación y que el cese no haya sido correcto, no nos sitúa necesariamente en el ámbito del derecho penal".
Destaca que el control ordinario sobre la legalidad de esa actuación corresponde a los tribunales de lo contencioso administrativo "sin que se vislumbre en el relato de la querella el plus exigible de una resolución injusta y arbitraria", por tanto descarta que se haya producido un delito de prevaricación.
Tampoco aprecia indicios de obstrucción a la justicia al recordar que este delito castiga a quien con violencia o intimidación intentara influir directa o indirectamente en unos terceros para que modificaran su actuación procesal.
"Nada de ello se produce en la elaboración de los informes solicitados por el juzgado instructor a la Guardia Civil", concluye.
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