España

La Fiscalía pide penas de hasta 9 años de prisión por el timo de las cartas nigerianas

El Ministerio Público acusa a un total de 105 personas de delitos de estafa, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal. Hacían creer a ciudadanos de distintas partes del mundo que habían recibido una herencia, les había tocado un premio o iban a conseguir una oferta de trabajo. La red operaba en locutorios distribuidos por toda España.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado un nuevo escrito de acusación contra 105 personas por la estafa de las denominadas "cartas nigerianas" consistente en engañar a cientos de ciudadanos de "distintos países del mundo" utilizando como gancho una herencia, un premio de lotería, una oferta de trabajo o un romance por los que la presunta red criminal les pedía un adelanto de dinero.

Los acusados, para los que el Ministerio Público reclama penas de hasta 9 años y tres meses de prisión, formaban parte de "una organización internacional dedicada a obtener ilícitamente dinero de personas de todo el mundo". En el escrito presentado ante el Juzgado Central de Instrucción Número 3 de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso Vozpópuli, el fiscal explica que este engaño consistía "en hacer creer a la víctima, a través del correo electrónico, teléfono o correo físico, que tiene que desembolsar una cantidad de dinero en concepto de pago de tasas, impuestos, aranceles, comisiones o sobornos, para lograr un beneficio económico determinado, beneficio que tras la transferencia de dinero no se produce".

Las modalidades del timo son muchas, añade el Ministerio Fiscal: la "herencia", el "premio de la lotería", "oferta de trabajo", "romance", "situación de emergencia", etc. 

Los 105 acusados contra los que se dirige el presente procedimiento –que está pendiente de ser señalado para juicio oral-  eran agentes autorizados de la entidad de pagos Western Unión Payment Services que actuaban en toda España desde establecimientos abiertos al público denominados "locutorios".

Locutorios ubicados por toda España

Con carácter general, dichos agentes realizan dos tipos de actividades. Por un lado se encargaban de los "pagos", es decir, de la recepción de los envíos de dinero procedentes del exterior que son abonados en los locutorios en España a los beneficiarios indicados por la red criminal; y por otro lado, llevaban a cabo los "envíos", es decir, la remisión de ese dinero desde los locutorios españoles al extranjero.  El Ministerio Público explica así que "los investigados, a través de los locutorios, se dedicaban desde España, por un lado, a la recepción del dinero enviado por las víctimas del engaño desde los distintos países del mundo; y por otro, a su posterior envío a los países de origen de los integrantes de esta organización, sobre todo a países del África Occidental, entre los que destaca Nigeria".

En este caso, dichos locutorios estaban ubicados en las provincias de Madrid, Málaga, Valencia y Sevilla, así como en localidades como Barcelona, Almería, Alicante, Castellón, Zaragoza, Palma de Mallorca o Aranda de Duero (Burgos). 

De esta forma, la presunta organización criminal empleó los establecimientos "locutorios" de la red de Western Union para canalizar los beneficios generados con las estafas debido a la rapidez con la que se recibe y envían cantidades de dinero desde y hacia cualquier parte del mundo y al anonimato a la hora de realizar el cobro y el envío del dinero, mediante la utilización de documentación falsa. 

La Fiscalía entiende que tras estos hechos se pudieron cometer delitos de estafa (penado entre los 3 años y 9 meses de prisión a la pena de 1 año y 9 meses de cárcel), blanqueo de capitales (delito por el que se solicita una pena de 3 años de prisión) e integración en organización criminal (tipo delictivo por el que cada uno de los acusados se les pide pena de 2 años y 6 meses de prisión).

Según informan fuentes jurídicas, en estos momentos, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional está pendiente de señalar fecha para la celebración del macrojuicio.

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