La Fiscalía General del Estado propone una modificación "del severo régimen punitivo" previsto en el artículo 510 del Código Penal -cuyas penas pueden alcanzar los 4 años de prisión- para las personas condenadas por cometer delitos de odio a través de las redes sociales.
Esta es una de las propuestas de reforma legislativa que la institución incluye en la Memoria correspondiente al ejercicio 2017, que ha presentado este lunes 10 de septiembre con motivo de la apertura del Año Judicial.
De este modo, sugiere la posibilidad de que se contemplen también de forma alternativa, bien penas de prisión de inferior duración a las ya previstas, o penas diferentes a la cárcel. Por ejemplo, el Ministerio Fiscal propone imponer a los condenados multas, pérdida de derechos políticos, o trabajos en beneficio de la comunidad relacionados con el delito cometido y que "permitan su reinserción social mediante el conocimiento y la aceptación de sus víctimas".
En este sentido, la Fiscalía General del Estado apunta, por ejemplo, la obligación de visitar uno o más memoriales del Holocausto o desempeñar actividades en entidades y colectivos que representan a las víctimas.
"La propuesta de reforma está pensada con el fin de introducir un mayor respeto al principio de proporcionalidad de las penas en aquellos supuestos de difusión pública de mensajes o contenidos que, si bien objetivamente de forma pública fomentan, promueven o incitan, directa o indirectamente, al odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia, no obstante, por su contexto, contenido, ausencia de reiteración o características o circunstancias personales del autor, tienen menor entidad y no han de tener un reproche tan elevado", argumenta.
Según explica la Fiscalía, "la experiencia demuestra que muchos de estos casos" son cometidos por personas no pertenecientes a grupos u organizaciones criminales, y que "una buena parte de los autores de estos hechos, cuando se logra su identificación, están dispuestos a reconocer los hechos".
Considera "necesario" realizar una adecuada ponderación entre el ejercicio de las libertades de opinión, información o expresión --incluida la cultural, artística o humorística--, y el carácter delictivo de aquellas conductas que "implican una incitación a la comisión de hechos discriminatorios o de humillación a las víctimas o exaltación de sus autores".
Así lo pone de manifiesto la institución en la Memoria correspondiente al ejercicio 2017, donde advierte de un "progresivo aumento" de los delitos de odio, facilitado por el uso de Internet y las redes sociales, "y su particular gravedad desde la perspectiva del deterioro de los valores democráticos".
Observa dos tendencias
Según la Fiscalía, se observan dos tendencias. "La primera, entender que todo comentario ofensivo o 'no políticamente correcto' constituye delito de odio, corriente que ha provocado un incremento de denuncias por manifestaciones verbales provocativas pero que no inducen al odio", sostiene la institución.
El Ministerio Fiscal ve en este caso una segunda tendencia, "tal vez como reacción a la anterior, que entiende que toda manifestación viene amparada por la libertad de expresión y que solo puede ser castigada penalmente la provocación directa a cometer un delito contra terceros".
Solo puede ser castigada penalmente la provocación directa a cometer un delito contra terceros
"A nuestro juicio, es necesario realizar una adecuada ponderación entre el ejercicio de las libertades de opinión, información o expresión --incluida la cultural, artística o humorística--, y el carácter delictivo de aquellas conductas que, por exceder abiertamente de los límites del ejercicio de esos derechos, implican una incitación a la comisión de hechos discriminatorios o de humillación a las víctimas o exaltación de sus autores, y que como tales deben ser consideradas como intolerables en un Estado Social y Democrático de Derecho", sostiene.
A su juicio, la "extensión actual" de las nuevas tecnologías al servicio de la comunicación "intensifica de forma exponencial el daño de afirmaciones o mensajes que, en otro momento, podían haber limitado sus perniciosos efectos a un reducido y seleccionado grupo de destinatarios".
Según destaca la Fiscalía, quien incita a la violencia en una red social "sabe que su mensaje se incorpora a las redes telemáticas con vocación de perpetuidad". Además, considera que el autor "carece de control sobre su zigzagueante difusión, pues desde que ese mensaje llega a manos de su destinatario, éste puede multiplicar su impacto mediante sucesivos y renovados actos de transmisión".
En este contexto, Fiscalía General del Estado revela que está trabajando en la elaboración de una Circular que "fije una posición unificada de los criterios jurídicos de actuación en esta materia".
Respecto a las cifras, según detalla en la Memoria, suponen un "incremento notable" respecto las del año pasado, "debido al incremento de denuncias y atestados sobre estos hechos, pero también a un mejor registro de los procedimientos".
La Fiscalía ha registrado 809 procedimientos judiciales sobre los que hace un seguimiento, de los que 89 son relativos a la provocación al odio, la violencia o la discriminación; 32, corresponden a amenazas a grupos determinados; y 220, difusión de información injuriosa, entre otros. Además, se han registrado 247 diligencias de investigación abiertas en Fiscalía; 153 escritos de acusación; y 103 sentencias.
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