La Fiscalía del Tribunal Constitucional se ha opuesto a la petición del PSOE de recontar unos 30.000 votos nulos de las elecciones generales del 23 de junio. El Ministerio Público rechaza la pretensión del partido del Gobierno en consonancia con el criterio del Tribunal Supremo al considerar que llevar a cabo un nuevo escrutinio conlleva "una reconsideración conceptual sin precedentes".
El fiscal jefe del Constitucional, Pedro Crespo Barquero, razona que es imposible conciliar lo que demanda el Gobierno con la doctrina del TC en materia de derechos fundamentales. Además, rebate el criterio de la mayoría progresista de la Sala Segunda del TC que el pasado martes se impuso al admitir el recurso del PSOE alegando a su especial trascendencia constitucional.
"Considera esta Fiscalía que acceder a una pretensión semejante no presupondría una simple aclaración o rectificación de la doctrina constitucional como contempla el auto de admisión del presente recurso, sino que comportaría en realidad una reconsideración conceptual sin precedentes de toda la arquitectura constitucional en cuanto concierne a la naturaleza y tutela de los derechos fundamentales", reza su escrito de alegaciones.
La investidura, en juego
Las alegaciones de la Fiscalía se conocen después de que la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, haya convocado para este martes a la Sala Segunda con el fin de entrar a valorar el fondo del asunto. El PSOE pretende que se revisen unos 30.300 votos nulos de las pasadas generales del 23 de julio en la provincia de Madrid. Se trata de unas papeletas determinantes para el partido puesto que, de conseguir el objetivo, recuperarían el escaño perdido en favor del PP tras el recuento del voto exterior.
Ello se traduciría en que únicamente precisarían de la abstención de Junts para conseguir la investidura. La pretensión del PSOE ha terminado en el tribunal de garantías después de que la Junta Electoral Central primero y el Tribunal Supremo después, desestimaran su petición de recontar de nuevo las papeletas nulas y de tumbar la proclamación del dirigente del PP Carlos García Adanero como diputado electo.
Si no se acredita un mínimo motivo para presumir que la declaración de nulidad de los votos puede afectar al derecho del demandante, no existe base para recabar la tutela de ese derecho
Sin embargo, la Fiscalía se opone a su pretensión porque, dice, choca con la doctrina del TC en materia de derechos fundamentales. En su escrito, el fiscal jefe del tribunal de garantías detalla que en este caso no se cuestiona el derecho del PSOE a pedir que se revisen los votos nulos, sino su "ejercicio incondicionado".
Para que para que se lleve a cabo un nuevo escrutinio general, el PSOE tendría que "concretar" el alcance del derecho fundamental invocado, sostiene. "En sede de amparo, si no se acredita un mínimo motivo para presumir, o al menos sospechar, que la declaración de nulidad de los votos puede afectar efectivamente al derecho del demandante de acceder a un cargo público representativo, no existe base para recabar la tutela de ese derecho", añade.
La petición es "incomprensible"
Además, el fiscal advierte de las consecuencias que tendrían impulsar un nuevo escrutinio de los votos de Madrid. Según dice, de acceder a lo reclamado por el PSOE, se abre la puerta a que se modifique el resultado electoral, lo cual podría derivar en nuevos procedimientos de impugnación de la vía contencioso-electoral cuando las Cortes están ya constituidas.
Así pues, considera que el asunto no entraña la relevancia tal y que, abrirse a lo pedido, afectaría a otros asuntos "de gran trascendencia". Por ello reitera a lo largo de las 21 páginas de su escrito en que su mera voluntad de abrirse a estudiar la validez de los votos sin alegar sospechas de irregularidad resulta "incompatible" con el principio de proporcionalidad.
Las alegaciones de la Fiscalía se suman a las presentadas por el PP esta pasada semana. El partido que lidera Alberto Núñez Feijóo se ha negado a acceder a lo reclamado por el PSOE al considerar que no lo contempla la ley y que lo que pretenden es reformar el sistema electoral por la puerta de atrás. "La LOREG no establece el derecho a ese segundo recuento", indica el escrito al que ha tenido acceso este medio.
En paralelo la Sala Segunda se ha reunido en sesión ordinaria este lunes para estudiar la petición del PP de recusar a la magistrada y ponente del recurso, Laura Díez, por su pasado como alto cargo en Moncloa. Fuentes del tribunal de garantías precisa que todos los miembros de la Sala, por unanimidad, ha declinado la petición.
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