La Fiscalía Provincial de Valencia ha pedido que se declare la nulidad de un acuerdo del Ayuntamiento de Xeraco (Valencia) que rechaza contratar con empresas, instituciones u organizaciones israelíes hasta que este país no "acate el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino".
El ministerio fiscal considera que el citado acuerdo vulnera los derechos fundamentales recogidos en la Constitución a la igualdad; la no discriminación; la libertad religiosa y de culto, y a no ser obligado a declarar sobre la ideología, religión o creencias de cada uno.
El pleno del Ayuntamiento de Xeraco aprobó en mayo un acuerdo para no establecer convenio, contrato o acuerdo de ningún tipo con empresas, instituciones u organizaciones israelíes "hasta que Israel no respete los Derechos Humanos" y "acate el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino", según señala la fiscalía.
La moción, que salió adelante con el apoyo de los grupos que integran el Gobierno local (Compromís, PSPV y la coalición "Acord Ciutadà"), excluye de la prohibición a aquellas empresas, instituciones y organismos israelíes que reconozcan "los derechos inalienables del pueblo palestino".
Plantea que el consistorio se adhiriera a la campaña "de boicot, desinversión y sanciones contra el 'aparheid' israelí" y difunda el sello "Espacio Libre de Aparheid israelí" entre los vecinos de esta localidad de algo más de 6.000 habitantes y situada al sur de la provincia de Valencia.
Vender, comprar, invertir o firmar contratos con empresas israelíes "podrá suponer estar implicados en litigios con la población palestina afectada
Asimismo, se insta a informar a los ciudadanos y al tejido empresarial del municipio de que vender, comprar, invertir o firmar contratos con empresas israelíes "podrá suponer estar implicados en litigios con la población palestina afectada, violaciones de derechos humanos e incluso acusados por crímenes de guerra".
La Asociación de Acción y Comunicación de Oriente Medio, junto con un particular, recurrió este acuerdo por considerar que infringe los derechos a la igualdad, la no discriminación y la libertad religiosa, ideológica, de expresión y de cátedra, y según informa en su página web, el juzgado número 10 de Valencia decidió paralizarlo.
Fuentes municipales, han señalado que el acuerdo está paralizado desde que se tuvo conocimiento de la presentación de ambos recursos, y están a al espera de conocer lo que determine el juzgado.
En un informe, la fiscalía de Valencia se suma al recurso interpuesto por la asociación y pide que se declaren vulnerados los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Española, como el de igualdad; la no discriminación; la libertad religiosa y de culto, y a no ser obligado a declarar sobre la ideología, religión o creencias.