Galicia

El Tribunal Supremo abre causa penal contra el senador gallego José Manuel Baltar por conducir a 215 kilómetros por hora

El también expresidente de la Diputación de Orense viajaba hacia Madrid en su coche oficial y alegó que se despistó al circular por una larga recta de la A-52

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha abierto una causa contra el senador del Partido Popular José Manuel Baltar por conducir su coche oficial a 215 kilómetros por hora, casi cien por encima del límite, al apreciar indicios de un delito contra la seguridad vial. Los hechos se remontan al domingo 23 de abril de este año, cuando Baltar, que entonces ocupaba el cargo de presidente de la Diputación de Ourense y del PP provincial, circulaba por la autovía A-52 a la altura del municipio zamorano de Asturianos, en dirección hacia Madrid. La Sala, presidida por Manuel Marchena, ha designado instructora de la causa a la magistrada Ana Ferrer.

La Sala de lo Penal del Supremo recibió el 27 de septiembre testimonio de juicio rápido y diligencias urgentes remitidas por juzgados de Zamora y Puebla de Sanabria, incoadas en virtud de atestado de la Guardia Civil por la comisión, por parte del veterano político, de un presunto delito contra la seguridad vial al conducir un vehículo a motor a una velocidad muy superior, casi el doble, a la máxima permitida en autovía (120 kilómetros por hora).

Una vez confirmado que Baltar es senador en la actual legislatura, el Supremo solicitó informe a la Fiscalía, que interesó se declarase la competencia de la Sala para su conocimiento y efectuar la designación de instructor, al que corresponderá la decisión sobre las diligencias a practicar. Interesó igualmente la notificación al denunciado, con solicitud del correspondiente suplicatorio, ratificándose en las actuaciones practicadas por los juzgados de instancia, siendo las mismas suficientes, según la Fiscalía, para formular acusación.

Según recoge Europa Press, el Supremo explica que, antes de que se enviase la causa al alto tribunal, el Ministerio Público había presentado escrito de acusación contra Baltar considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial y había solicitado, además, la imposición de una pena de 6 meses de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria que en caso de impago establece el artículo 53 del Código Penal así como un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.

Aforado por su condición de senador

El juzgado de instrucción, de conformidad con lo prevenido en el artículo 800.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, había acordado la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos presuntamente constitutivos de un delito de conducción con velocidad notoriamente superior al Reglamento LO 15/2007. Pero, acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, el Juzgado de lo Penal nº 1 de Zamora, por auto de fecha 13 de septiembre de 2023, acordó la inhibición y remisión de las actuaciones en favor del Tribunal Supremo. Este órgano, a la vista de que Baltar ostenta actualmente la condición de senador, y existiendo indicios de la comisión de un hecho delictivo por dicha persona aforada ante la Sala, acuerda que es competente para su conocimiento, por lo que procede a la apertura del procedimiento.

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