El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha rebatido el criterio de los fiscales del procés y les ha ordenado por escrito que apliquen la amnistía a todos los delitos de la causa, incluido la malversación. El máximo responsable del Ministerio Público revoca el informe de estos cuatro fiscales de Sala que se negarán a aplicar su criterio y abrirán la puerta a debatir el asunto ante la Junta de Fiscales de Sala.
Fuentes de la Fiscalía General del Estado informan que García Ortiz ha ordenado a estos cuatro fiscales del procés que respondan a las providencias dictadas por el Tribunal Supremo tras entrar en vigor la amnistía "en el sentido de que los delitos objetos de imputación" en la causa instruida por Pablo Llarena "se encuentran comprendidos en el ámbito de aplicación" de la norma.
García Ortiz ampara su decreto en los artículos 22.2 y 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF). El primero de ellos determina que el fiscal general "corresponde impartir las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y al orden interno de la institución" y, el artículo 25 le atribuye la potestad de "impartir a sus subordinados las órdenes e instrucciones (...) tanto de carácter general como referidas a asuntos específicos".
La malversación en la amnistía
En sentido sentido, la orden de García Ortiz considera que los fiscales confunden en su informe el "ánimo de lucro" que exige la malversación con el "enriquecimiento personal de carácter patrimonial" de los hechos que la ley no considera amnistiables. El fiscal general entiende al respecto que el perjuicio patrimonial para la Administración, resultado del delito de malversación, no es equiparable al "enriquecimiento personal de carácter patrimonial".
Del mismo modo, el sucesor de Dolores Delgado al frente de la jefatura de la Fiscalía entiende que el desvío de fondos públicos por parte del Gobierno que presidía Carles Puigdemont para la sufragar el referéndum ilegal del 1-O "no produjeron una afectación directa a los intereses financieros de la Unión Europea", de manera que impone que el informe que redacten valide la amnistía total a todos los delitos del procés.
Sin embargo, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza y Jaime Moreno ya han dejado clara su postura en relación al procés y avisaron a García Ortiz que, si se oponía a su informe, debería ordenarles por escrito el cambio de criterio, como acaba de hacer. Teniendo en cuenta que los fiscales no van a acatar su orden, la única solución a la discrepancia pasa porque se invoque el artículo 27 del Estatuto del Ministerio Fiscal.
Junta de Fiscales de Sala
Este precepto abre la puerta a que ese convoque la Junta de Fiscales de Sala si el fiscal de un caso se niega a acatar una orden que considera contraria a las leyes, de manera que el asunto pasaría a abordarse por toda la cúpula de la carrera fiscal. Al respecto García Ortiz pidió ayer a los miembros de esta Junta que despejen sus agendas el próximo martes de 18 por si finalmente la convoca, como así sucederá.
Como informó Vozpópuli, el cónclave que integran 39 fiscales de la cúspide de la carrera se va a escindir en dos en relación al estudio de este asunto. Aunque los últimos nombramientos efectuados bajo la etapa de Delgado se trata de fiscales afines a García Ortiz, se espera que el criterio de los fiscales del procés recabe el respaldo de una buena parte de la Junta, compuesta, entre otros, por los fiscales de la más alta categoría de la carrera.
Los fiscales del procés trasladaron a García Ortiz que ven viable amnistiar los delitos de desobediencia a los que se ha reducido el procedimiento después de que el Gobierno eliminara la sedición del Código Pena. Ahora bien, el desvío de fondos públicos por el que se condenó a Oriol Junqueras y por el que se pretendía sentar en el banquillo a Carles Puigdemont no tendría encaje en la ley.
Una ley para el procés
La norma, que impulsó el Gobierno en connivencia con sus socios de ERC y Junts se redactó con la intención de dar cabida a la malversación del procés. En concreto daba cobijo a "los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación, únicamente cuando estén dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización (de los actos del procés) siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento".
La norma, por contra, excluye de la amnistía "los actos tipificados como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea". En ese sentido los fiscales del procés entienden, por un lado, que sí hubo un enriquecimiento personal con el desvío de partidas y, por otro, que la ley choca con la Directiva Europea que condena la malversación.
En su informe, los fiscales del procés avisaron de que "se apropiaron de fondos públicos con ánimo de lucro propio". "Ello implica un enriquecimiento personal al poder disponer para sus ilícitos fines de fondos públicos (...). Incorporaron a su ámbito de dominio personal el dinero ocultado y escondido a los ojos de la Intervención del Estado para sufragar los gastos de su proyecto inconstitucional", alegaron.
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