El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, anunciaba este martes que la Abogacía del Estado no presentaría demanda una vez que el Tribunal de Cuentas termine la instrucción sobre el dinero malversado por la Generalitat para promover el proceso independentista. Esto significa que dejarán en manos de la administración autonómica representar, junto a Fiscalía, el interés público.
Hasta el inicio del proceso, sin embargo, la Generalitat solo se ha personado como parte perjudicada en la causa bajo el 155. Es decir, mientras estuvo intervenida por el Gobierno central tras la declaración unilateral de independencia. Según las fuentes consultadas por Vozpópuli, la Generalitat comparecerá para decir que no ha sufrido prejuicio alguno y que todos los gastos investigados entran dentro de los cometidos de la Acción Exterior que prevé el Estatut.
Según el artículo 58.2 de la ley 7/1988 de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, “se notificará la abstención a la Entidad, Corporación o Institución perjudicada para que, en el plazo de veinte días, pueda designar representante en juicio o comunicar al Tribunal, por escrito, los fundamentos que apoyen la pretensión de responsabilidad contable”.
Es decir, la Abogacía del Estado deberá motivar su retirada después de haber asumido la representación por la incomparecencia de la Generalitat. Las fuentes jurídicas consultadas aseguran que argumentar su salida será fácil, ya que la administración competente es la Generalitat. Además, hay jurisprudencia a su favor: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictaminó en su sentencia sobre la consulta del 9 de noviembre de 2014 que la Administración del Estado no tenía “legitimación activa” ya que los fondos malversados procedían de la Generalitat.
El gran escollo, no obstante, es que la Abogacía se abstendrá para que la administración autonómica pueda elegir un representante a sabiendas que la Generalitat no ejercerá su papel de demandante. En la práctica significa que se dejará al Ministerio Público y a Societat Civil Catalana ser la única parte perjudicada de los 5,4 millones que, hasta la fecha, el órgano fiscalizador pide como fianza a los más de 40 dirigentes independentistas por su vinculación en el procés.
Archivo de la causa
Otra de las implicaciones que puede tener esa retirada de la Abogacía del Estado es que se archive la causa porque se considere que las acusaciones de la Fiscalía y Societat Civil Catalana tampoco tienen “base legal”. El artículo 63.3 de la ley del funcionamiento del Tribunal de Cuentas esgrime que en el caso de que tampoco “fuere aquélla deducida por el Ministerio Fiscal, el órgano de la Jurisdicción contable que entendiere del litigio ordenará de oficio el archivo de los autos”.
Se trata de una posibilidad remota, pero que contemplan las partes implicadas. En especial, desde que el Govern, con su estrategia, busca el choque entre instituciones del Estado y dejar al Ministerio Público y al Tribunal de Cuentas como “anomalías” del sistema democrático.
Exigencia de ERC
Después de que Pere Aragonès exigiera a Moncloa la retirada de la Abogacía del Estado como parte demandante, el Gobierno ha respondido a la petición de los nacionalistas desentendiéndose del proceso. Aunque Campos ha asegurado que se trata de un trámite habitual, lo cierto es que la Abogacía solo se retira cuando otra administración, local o autonómica, asume la representación.
“Resulta contraproducente que los principales afectados no comparezcan”, explican las fuentes consultadas. Y es que consideran que la posición marcada desde el Gobierno de Pedro Sánchez pone la primera piedra para que también la Generalitat se desmarque bajo el argumento de que el Estatut reconoce la acción exterior del Govern.
Todo ello, junto a la proposición no de ley presentada este martes por Junts per Catalunya en el Congreso van en la dirección de desautorizar el Tribunal de Cuentas por un presunto "sesgo partidista" y "nepotismo" y acelerar la renovación de sus consejeros el próximo julio -cuando vence su mandato- con el fin de lograr una sentencia más afín a los intereses de los encausados.
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