Los ascensores, también conocidos como elevadores, son elementos esenciales para la accesibilidad y el transporte eficiente en edificios altos. Permiten a las personas moverse de forma rápida y segura entre diferentes niveles, lo que es especialmente importante para personas con movilidad reducida.
Pues bien, es probable que recientemente hayas visto a más empleados de empresas de ascensores pasando revisiones a estos dispositivos de transporte. Y es que, desde el mes de abril está publicado en el BOE una nueva normativa con respecto a los ascensores y su entrada en vigor se acerca.
En un mes máximo, todos los ascensores de España deberán cumplir con los nuevos protocolos y exigencias de seguridad, por lo que si no se superan los controles actuales, el ascensores deberá quedar fuera de servicio ante el riesgo que puede implicar su uso para la salud. Es más, el nuevo texto normativo establece, por ejemplo, nuevas pegatinas de colores según el estado del elevador y modifica la periodicidad de las revisiones que debe tener cada cabina.
El 1 de julio entra en vigor la nueva instrucción técnica complementaria (ITC) de ascensores. En dicho texto del Ministerio de Industria y Turismo se establecen nuevo requisitos mínimos de seguridad que debe cumplir y hacer cumplir cada comunidad de vecinos con su respectivo ascensor. Los cambios son importantes, pero tampoco es que sean cuestiones exageradas que supongan una novedad tecnológica inalcanzable. Es establecer un criterio mínimo que desde el 1 de julio deben tener todos los elevadores de España.
Los nuevos cambios en los ascensores
Ajustar la nivelación de la cabina es uno de los primeros cambios que debe cumplir todo ascensor es el de. Este cambio normativo se refiere a evitar la diferencia de altura entre el piso y el ascensor, para impedir que cualquier persona pueda tropezar al entrar o salir del mismo. Además, se obliga a que toda cabina disponga de un sistema de comunicación bidireccional, para que una persona atrapada dentro del ascensor pueda mantener una conversación con los sistemas de seguridad encargados de gestionar el rescate.
El control de la carga, para que no se exceda el peso máximo establecido para cada máquina, se deberá controlar mediante un dispositivo incluido en la cabina. También se deberá incorporar el control del cierre y apertura de puertas, para evitar que una persona quede atrapada. También se deberá proceder a la protección del usuario contra los movimientos incontrolados de la cabina.
A mayores de esto, se establece un nuevo protocolo con respecto a la periodicidad de las revisiones oficiales. Los ascensores instalados en edificios destinados a usos industriales o lugares de pública concurrencia la deberán superar cada 2 años, a los ascensores instalados en edificios de más de 20 viviendas o que ofrecen servicio a más de cuatro plantas les corresponderá cada 4 años y los ascensores no incluidos en los casos anteriores deberán superar una revisión cada 6 años.
Los ascensores deberán tener colocada en su interior una pegatina en la que se alertará de su estado con respecto a la última revisión. El color verde indicará que todo está perfecto, el amarillo indicará que el resultado de la revisión es favorable pero que se han detectado fallos leves. Si la pegatina es roja el ascensor deberá quedar fuera de servicio hasta que se repare la incidencia correspondiente y una nueva revisión otorgue el permiso adecuado.
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