El juez del caso Dina ha solicitado este miércoles al Supremo que investigue al vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias por denuncia falsa o simulación de delito, revelación de secretos "con agravante de género" y delitos de daños informáticos cometidos en el caso Dina, según han informado fuentes jurídicas a Vozpópuli.
El procedimiento por el que el vicepresidente Iglesias podría ser juzgado debe pasar por la fiscalía, presidida por Dolores Delgado, y llegar hasta el Congreso de los Diputados donde los grupos se tendrían que posicionar acerca de la decisión de juzgar al líder morado.
El primer paso será la exposición razonada que llegará a la Sala de admisión de la Sala Penal del Tribunal Supremo. Una vez se reciba se dará traslado a la Fiscalía del Tribunal Supremo para que se pronuncie sobre si procede a admisión a tramite o no de la exposición razonada. Allí quedará en manos de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, que deberá pronunciarse.
Aunque según informó el teniente fiscal Navajas, todas las causas que afecten al Gobierno, Delgado se apartaría y el caso quedaría en manos del segundo, el propio fiscal Navajas.
Si el procedimiento llega a Navajas antes de jubilarse, le restan poco más de dos meses, tendría que tomar la decisión de si hay que investigar a Iglesias, aunque esta decisión no es vinculante, por lo que la sala penal puede adoptar una decisión contraria a la de la Fiscalía.
No obstante, el fiscal general del Estado tiene competencias para asignar el caso a quien considere oportuno.
La fiscalía anticorrupción podría remitir el estudio de la causa a la Fiscalía anticorrupción, que es la que hasta el momento ha investido la causa. En este caso, los fiscales han venido sosteniendo que no se podría investigar por daños informáticos o revelación de secretos, puesto que la víctima se tiene que sentir ofendida, algo que siempre ha negado Bouselham.
En caso de que la Fiscalía motive al tribunal Supremo razones suficientes para abrir una causa, lo primero que debe hacer el Alto tribunal es nombrar a un juez instructor. Este podría citar al vicepresidente Iglesias a declarar sin necesidad de solicitar un suplicatorio al Supremo.
Este suplicatorio, una petición para poder juzgar a un diputado, habría que solicitarlo al Congreso en el caso de que sea necesario procesarle, paso previo al juicio. En este caso, el Congreso tendría que tramitar ese suplicatorio a través de una votación del hemiciclo.
El Congreso negó un suplicatorio en 1988, en época de Felipe González, cuando el Congreso votó en contra que llevar a los tribunales al ministro del Interior, José Barrionuevo, investigado por el caso GAL.
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